Revisión salarial - Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2018
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 132 de 03/06/2019

Visto el texto de la revisión salarial y tablas salariales definitivas para el año 2018 y provisionales para el año 2019 del Convenio colectivo general de ámbito estatal para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (código de convenio núm. 99004625011981), publicado en el «BOE» de 1-6-2017, revisión y tablas que fueron suscritas, con fecha 5 de abril de 2019, por la Comisión Mixta Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales UNESPA y AMAT y las sindicales CC.OO. y UGT, firmantes del citado Convenio colectivo, en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de mayo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

COMISIÓN MIXTA PARITARIA DE INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE ÁMBITO ESTATAL PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL. AÑOS 2016 A 2019. Acta número 15 de la reunión celebrada el día 5 de abril de 2019

Asistentes:

Representación Empresarial:

Por UNESPA: Sras. Benavides y Regalado y Sres. Tomé y Serena.

Por AMAT: Sra. Rodríguez.

Representación Sindical:

Por CC.OO.: Sras. Martel y López y Sr. Escudero.

Por U.G.T.: Sres. Beas, Rico, Sanz y González.

En Madrid, en la fecha arriba indicada, en los locales de la calle Núñez de Balboa, 101, siendo las 12:30 horas, se reúnen las representaciones expresadas para proceder a la aplicación de los artículos 38 y 39 del convenio colectivo sobre condiciones económicas para los años 2018 y 2019.

En relación con el incremento salarial final de 2018 se constata, en primer lugar, conforme al artículo 38.1, que el PIB correspondiente a 2018 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), se ha situado en el 2,6%, por lo que habiendo resultado igual o superior al 2,6% e igual o inferior al 3,5%, el incremento salarial base que corresponde aplicar es del 2%.

En segundo lugar, conforme al artículo 38.2, se constata que habiéndose registrado un IPC del 1,2%, igual o superior al 1%...

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