Acuerdo - Grandes Almacenes, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia25 de Junio de 2019
Fin de Vigencia25 de Junio de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 151 de 25/06/2019

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo relativo a la aplicación de los apartados 2 y 3 del artículo 24 del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes (Código de convenio: 99002405011982), publicado en el «BOE» de 7 de octubre de 2017, en referencia al complemento salarial variable y no consolidable anual por diferencia numérica entre el índice del año 2018 respecto del promedio de los dos años precedentes, a abonar a los trabajadores en el año 2019, Acta que fue suscrita con fecha 9 de mayo de 2019 por la Comisión Mixta del citado Convenio colectivo, en la que están integradas, de una parte, la Organización empresarial Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y, de otra, las organizaciones sindicales FETICO, FASGA, CC.OO. y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de junio de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES 2017-2020

Por la Representación Empresarial:

ANGED.

Por la Representación Sindical:

FETICO.

FASGA.

CCOO.

UGT.

En Madrid, a 9 de mayo de 2019, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes con vigencia para los años 2017 a 2020, previa convocatoria efectuada, y con la asistencia de la totalidad de las organizaciones que la integran, a fin de tratar el siguiente orden del día:

Único. Aplicación Apartados 2 y 3 del artículo 24 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes («BOE» de 7 de octubre de 2017) para el año 2019.

Abierta la sesión, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 24. 2 y 3 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes («BOE» de 7 de octubre de 2017), las partes hacen costar que tras el cambio a Base.2015 del Índice de...

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