Corrección de errores
Inicio de Vigencia | 13 de Octubre de 2015 |
Fin de Vigencia | 13 de Octubre de 2015 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 245 de 13/10/2015 |
Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo de la industria textil y de la confección, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 7 de agosto de 2015, en el BOE número 200, de 21 de agosto.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 75731, artículo 9. Comisión paritaria, apartado B), punto 3, cuarta línea, donde dice: «…de las actas que se levantes…»; debe decir: «…de las actas que se levanten…».
En la página 75741, artículo 28. Distribución irregular de la jornada, procedimiento A), punto 4, donde dice: «según el artículo 61 del Convenio»; debe decir: «según el artículo 52 del Convenio».
En la página 75751, artículo 52. Tablas salariales, punto 1, primera línea, donde dice: «Las retribuciones son las que constan en el Convenio anexo de cada subsector»; debe decir: «Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector».
En la página 75752, artículo 52. Tablas salariales, punto 3, tercera línea, donde dice: «antes del 30 de 30 de septiembre»; debe decir: «antes del 30 de septiembre».
En la página 75756, artículo 71, primer párrafo, segunda línea, donde dice: «… en los centros de trabajo cuya plantilla sea superior a 2 trabajadores-trabajadoras»; debe decir: «… en los centros de trabajo cuya plantilla sea superior a 250 trabajadores-trabajadoras».
En la página 75759, artículo 76. Empresas de más de 80 trabajadores o trabajadoras, punto 1, tercera línea, donde dice: «definidos en el artículo 89 del convenio»; debe decir: «definidos en el artículo 79 del convenio».
En los Anexos II (art. 4.º), III (art. 5.º), IV (art. 3 y art. 7.º), IX (art. 3.º), donde dice: «... Convenio General…», se ha de eliminar la palabra «General».
En la página 75774, anexo I, Fibras de recuperación 2015, Administración e informática, deben sustituirse los salarios del primer y segundo semestre de las siguientes categorías:
«Categoría | 1.er semestre | 2.º semestre | ||
---|---|---|---|---|
Salario día | Inc. euro | Salario día | Inc. euro | |
Of. 2.ª Adminis. | 28,78 | 6,48 | 28,84 | 6,50 |
Of. Adminis. 1.ª | 31,68 | 7,02 | 31,74 | 7,04 |
Jefe Sección Adminis. | 34,11 | 7,51 | 34,18 | 7,52» |
Ramo de Agua 2015
Área Producción
Grupo | Categorías | Primer semestre |
---|
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba