Revisión salarial - Adidas España SAU, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2015 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2015 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 152 de 26/06/2015 |
Visto el texto del incremento salarial para el año 2015 del Convenio colectivo Adidas España, S.A.U. (Código Convenio: 90007582011992), que fue suscrito con fecha 4 de mayo de 2015, de una parte por los designados por la empresa en representación de la misma, y de otra por los representantes de los trabajadores en representación de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado texto en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de junio de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Acta de la reunión celebrada entre la Dirección de Adidas España, S.A.U. y la representación de los trabajadores el día 4 de marzo de 2015
Reunidos, a las 10:30 h.
Representantes de los trabajadores:
– Centro de Zaragoza: Miguel Montorio, Marga Aznar, Pilar Sánchez, Gloria Mora, José Luis Simón y Rosario Romero.
– Centro de Caspe: Marcos Sánchez, José Luis Mayoral, Agustín Cubeles, Daniel Fernández, Javier Monclús, María Diego, Mª Carmen Martínez y Ricardo Bru.
– Centro de Barcelona: Carlos Pastrana y Bel Ortega.
Representantes de la empresa: Camino Cubría, Elena Sánchez y Eloy Lafuerza.
Acuerdan lo siguiente:
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Que con fecha 23 de octubre los representantes de los trabajadores y los representantes de la empresa acordaron mantener el Convenio Colectivo vigente en su totalidad con las condiciones del año 2014 y negociar sólo el artículo referente...
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