Revisión salarial - Adidas España SAU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2017
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2017
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 302 de 13/12/2017

Visto el texto de la revisión salarial para el 2017 del Convenio colectivo de la empresa «Adidas España, S.A.U.» (código de convenio n.º 90007582011992), publicado en el «BOE» de 20 de abril de 2012, revisión que fue suscrita, con fecha 22 de junio de 2017, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por los Comités de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –«BOE» del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de noviembre de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la reunión celebrada entre la Dirección de Adidas España, S.A.U. y la representación de los trabajadores el día 22 de junio de 2017

Reunidos, a las 12.30,

Representantes de los Trabajadores:

Centro de Caspe: Mari Carmen Martínez, Eva Paracuellos (a través del teléfono), Centro de Zaragoza: Pilar Sánchez, Ana Belén Montorio, Marga Aznar, Pablo Abad, Diego Royo.

Centro de Barcelona: Bel Ortega, Gemma Pérez (a través del teléfono).

Representantes de la Empresa: Camino Cubría, Elena Sánchez.

Temas tratados:

Primero. Incremento salarial.

Reunidas ambas partes (Comité Caspe y Barcelona a través del teléfono), el comité comunica que una vez hechas las consultas oportunas a los empleados se acepta la subida del 2 % por todos los conceptos salariales de Almacén y Oficinas con excepción de la cesta de Navidad que mantiene el importe...

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