Convenio colectivo - Equipos Nucleares SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2018
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2021
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 188 de 07/08/2019

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Equipos Nucleares, S.A., S.M.E. (ENSA), código de convenio n.º 90001952011981, que fue suscrito, con fecha 23 de abril de 2019, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, al que se acompaña informe favorable de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de julio de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

Convenio Colectivo de Equipos Nucleares, S.A., S.M.E.. 2018-2021

Índice de materias

Capítulo I Disposiciones generales.

Artículo 1. Ámbito territorial.

Artículo 2. Ámbito personal.

Artículo 3. Vigencia, denuncia y prórroga.

Artículo 4. Garantía personal.

Artículo 5. Absorción de mejoras futuras.

Capítulo II Retribuciones.

Artículo 6. Tablas salariales.

Artículo 7. Bases de cotización a la Seguridad Social.

Artículo 8. Pagas extraordinarias.

Artículo 9. Complemento personal.

Artículo 10. Trabajo a Turnos.

Artículo 11. Plus de Transporte.

Artículo 12. Jefatura de Equipo. Bonificación.

Artículo 13. Maestros/as.

Artículo 14. Gratificación por objetivos.

Artículo 15. Dietas y gastos de viaje.

Artículo 16. Gratificación desplazamientos del Centro de Tecnología Avanzada (CTA) y similares.

Artículo 17. Indemnización complementaria por enfermedad.

Capítulo III Organización del trabajo.

Artículo 18. Organización del trabajo y mejora de la productividad.

Artículo 19. Movilidad funcional.

Artículo 20. Saturación de las instalaciones.

Artículo 21. Jornada.

Artículo 22. Calendario Laboral.

Artículo 23. Horario del personal.

Artículo 24. Organización del Trabajo.

  1. Flexibilidad Horaria.

  2. Prolongación de Jornada.

  3. Horas Extraordinarias.

  4. Compensación horas de reserva por descanso.

  5. Continuidad del trabajo en los cambios de turno.

  6. Jornada Irregular.

Artículo 25. Llamada a domicilio.

Artículo 26. Modificación de horarios.

Artículo 27. Tratamientos Térmicos.

Artículo 28. Saturación individual del tiempo de trabajo.

Artículo 29. Incremento de la Productividad.

Capítulo IV Vacaciones y permisos.

Artículo 30. Vacaciones anuales.

Artículo 31. Días de libre disposición.

Artículo 32. Permisos retribuidos.

Artículo 33. Permiso para asistencia a exámenes.

Artículo 34. Excedencias y Reducción de Jornada.

  1. Excedencia voluntaria.

  2. Excedencia por cuidado de familiares.

  3. Reducción de jornada por cuidado de familiares.

    Artículo 35. Otros permisos.

  4. Preparación al parto.

  5. Suspensión del contrato de trabajo por nacimiento.

Capítulo V Ingresos, régimen de contratación y carrera profesional.

Artículo 36. Rejuvenecimiento de la plantilla.

Artículo 37. Nuevos ingresos.

Artículo 38. Régimen de contratación.

  1. Contrato en prácticas.

  2. Contrato por obra y contratos eventuales.

  3. Período de prueba.

  4. Consolidación de empleo temporal.

  5. Preaviso por cese en el trabajo.

Artículo 39. Contrato de confidencialidad.

Artículo 40. Carrera profesional.

Artículo 41. Ascensos.

Artículo 42. Promociones.

Artículo 43. Exámenes.

Capítulo VI Perfeccionamiento y formación profesional.

Artículo 44. Perfeccionamiento profesional.

Artículo 45. Plan Integrado de Formación Anual.

Artículo 46. Permiso retribuido para la formación: artículo 23.3. del E.T.

Artículo 47. Ayudas a la formación.

Artículo 48. Estudio de idiomas.

Artículo 49. Cualificación y Adiestramiento.

Capítulo VII Clasificación profesional.

Artículo 50. Estructura.

Artículo 51. Clasificación Organizativa.

Artículo 52. Grupos Funcionales.

Artículo 53. Niveles de Calificación.

Artículo 54. Grado de desarrollo.

Capítulo VIII Régimen social y asistencial.

Artículo 55. Jubilación Parcial.

Artículo 56. Personal con edad para acceder a la Jubilación Ordinaria.

Artículo 57. Acción Social.

  1. Bolsa de acción social.

  2. Seguro de vida.

  3. Seguro médico dental.

  4. Ayuda por hijo/as con discapacidad.

  5. Actividades culturales y recreativas.

  6. Programa compra equipos informáticos.

  7. Ayuda por hijo/a menor.

  8. Préstamos.

Artículo 58. Servicio de comedor.

Artículo 59. Seguro de viajes.

Artículo 60. Seguro de vehículo.

Capítulo IX Prevención de riesgos y seguridad en el trabajo.

Artículo 61. Ley de aplicación.

Artículo 62. Vigilancia de la salud.

Artículo 63. Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos.

Artículo 64. Equipo de primera intervención.

Artículo 65. Ropa de trabajo.

Artículo 66. Nuevas enfermedades sociales.

Artículo 67. Empresa sin tabaco.

Artículo 68. Video vigilancia por motivos de seguridad.

Artículo 69. Incumplimiento medidas seguridad.

Artículo 70. Coordinación actividades empresariales.

Capítulo X Personal del centro de Madrid.

Artículo 71. Aplicación.

Artículo 72. Calendario laboral.

Artículo 73. Jornada intensiva.

Artículo 74. Beneficio del comedor.

Artículo 75. Bonificación por transporte.

Capítulo XI Derechos sindicales.

Artículo 76. Derechos sindicales

Artículo 77. Participación en los Consejos de Administración, Comisión de Seguimiento y Comisión de Objetivos.

Artículo 78. Derechos de información y consulta.

  1. Contratación.

  2. Subcontratación.

  3. Modificación de la estructura y titularidad de la empresa.

Artículo 79. Garantías de los/as representantes sindicales.

Artículo 80. Acción Sindical.

Artículo 81. Secciones Sindicales.

Artículo 82. Crédito de horas retribuidas.

Artículo 83. Asambleas.

Artículo 84. Reuniones de los Sindicatos.

Capítulo XII Comisión paritaria de seguimiento e interpretación.

Artículo 85. Comisión paritaria de seguimiento e interpretación.

Artículo 86. Procedimiento de solución de conflictos de trabajo.

  1. Ámbito objetivo.

  2. Personas legitimadas.

  3. Órganos y procedimiento.

  4. Iniciación del procedimiento.

Capítulo XIII Incompatibilidades, infracciones y sanciones.

Artículo 87. Régimen de incompatibilidades.

Artículo 88. Potestad sancionadora.

Artículo 89. Definición de falta.

Artículo 90. Graduación de las faltas.

Artículo 91. Aplicación supletoria.

Artículo 92. Infracciones.

  1. Faltas leves.

  2. Faltas graves.

  3. Faltas muy graves.

Artículo 93. Sanciones.

Artículo 94. Procedimiento.

Artículo 95. Prescripción, anotación y cancelación de las faltas.

Disposiciones adicionales
Disposiciones Adicionales
Disposición Adicional Primera Legislación complementaria.
Disposición Adicional Segunda Dirección de Desarrollo de Negocios.
Disposición Adicional Tercera UTES.
Disposición Adicional Cuarta Medio Ambiente.
Disposición Adicional Quinta Contratación de personal con discapacidad.
Disposición Adicional Sexta Reconocimiento a los 25 años de trabajo en Ensa.
Disposiciones Finales
Disposiciones Finales
Disposición Final Primera Valoración de Puestos de Trabajo.
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