Acuerdo - Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 5 de Marzo de 2015
Fin de Vigencia 5 de Marzo de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 55 de 05/03/2015

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del XV Convenio colectivo de la ONCE y su personal (código de convenio núm. 90003912011984) que fue suscrito con fecha 27 de enero de 2015, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en su representación, y, de otra, por el sindicato UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de febrero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XV CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, a 27 de enero de 2015, en los locales de la Dirección General de la ONCE, calle Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XV Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

El Consejo General de la ONCE, en su sesión celebrada el 19 de diciembre de 2014, adoptó el Acuerdo CEP.21/ 2014-3, aprobando la realización de dos sorteos de producto extraordinario de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE», a celebrar los días 19 de marzo de 2015 y 3 de mayo de 2015, al amparo de lo establecido en el Acuerdo General con el Gobierno de la Nación.

Es preciso pactar las condiciones retributivas de estos dos Sorteos, según lo dispuesto en el XV Convenio Colectivo.

La ONCE y el sindicato UGT adoptan este Acuerdo por mayoría, con el mismo valor de lo pactado en Convenio Colectivo:

Condiciones retributivas para los sorteos de producto extraordinario de la modalidad de lotería cupón de 19 de marzo y de 3 de mayo de 2015

1. La venta para el sorteo de producto extraordinario de la modalidad de lotería Cupón de la ONCE de los días 19 de marzo y 3 de mayo de 2015 se efectuará de forma anticipada...

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