Tablas salariales - Total España SAU, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2016 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2016 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 82 de 05/04/2016 |
Visto el texto de las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo Total España, SAU (código de Convenio núm. 90014623012004), que fue suscrito con fecha 15 de febrero de 2016, de una parte por los designados por la dirección empresarial, en representación de la empresa, y, de otra, por los delegados del personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de marzo de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE LA REUNIÓN MANTENIDA POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL DEL PERSONAL AFECTO AL CONVENIO COLECTIVO DE TOTAL ESPAÑA, SAU, DEL DÍA 15 DE FEBRERO DE 2016
Asistentes:
Por parte de la Dirección de la Empresa:
B. Anselmi.
A. Marín.
Por parte de la representación de los Trabajadores:
J. Pérez.
A. Puente.
B. Blasco.
C. Pradales.
Secretario:
M. Caballero.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL 2016
En virtud de las funciones que le confiere el artículo 56 (Comisión Mixta) y artículo 29 (Revisión Salarial) del Convenio Colectivo de «Total España, SAU», la Comisión Negociadora ha llegado al siguiente acuerdo en relación a la Revisión Salarial 2015:
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Incremento de Salarios Base Personales. Incrementar los Salarios Base Personales del año 2015 de la siguiente forma:
El 1,2 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales inferiores a 20.000 euros.
El 1,0 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales de 20.001 a 30.000 euros.
El 0,7 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales de 30.001 a 40.000 euros.
El 0,5 % para aquellos salarios base + complemento salarial brutos anuales superiores a 40.000 euros.
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Salarios mínimos de convenio: se mantienen los importes del año 2011.
Anexo niveles mínimos de convenio
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