Modificación - Ciclo de Comercio de Papel y Artes Gráficas, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia11 de Julio de 2018
Fin de Vigencia11 de Julio de 2018
Publicado enBoletín Oficial del Estado de 11/07/2018

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación parcial del artículo 39 del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio de papel y artes gráficas, (código de convenio 99001105011981) publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 2017, que fue suscrita en fecha 18 de mayo de 2018, de una parte por las asociaciones empresariales CEGAL y FANDE, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT y Servicios-CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, «BOE» del 24, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de julio de 2018.–El Director General de Trabajo, P.S. (Real Decreto 703/2017, de 7 de julio), el Subdirector General de Programación y Actuación Administrativa, Juan Manuel Gutiérrez Hurtado.

Acta de modificación del convenio colectivo nacional del ciclo de comercio papel y artes gráficas celebrada el día 18 de mayo de 2018

Por la representación patronal:

CEGAL Javier Almagro Martínez.

FANDE José Manuel Anta Carabias Silvia Fariñas Díez.

Por la representación sindical:

FeSMC-UGT: María Dolores Diez García, Montserrat González Oropesa, Daniel Gutiérrez Giménez.

Servicios-CCOO: Gabriel María Moreno Flores, Rolando Cano Moreno.

En Madrid, a las 12:00 h. del día 18 de mayo de 2018 se reúne la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo, formada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios anteriormente reseñados.

ACUERDAN

La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2018, aun cuando se pronuncia acerca de un recurso relativo al convenio colectivo aplicable al sector de Contact Center, puede extrapolarse al convenio colectivo del ciclo de comercio de papel y artes gráficas. Ello es así en la medida en que el...

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