Revisión salarial - Industria Química, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2016
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2016
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 40 de 16/02/2016

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo general de la industria química (código de convenio n.º 99004235011981) que fue suscrito con fecha 26 de enero de 2016, de una parte, por la asociación empresarial FEIQUE en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales Industria de CC.OO. y FITAG-UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –«BOE» del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de febrero de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVIII CONVENIO GENERAL DE LA INDUSTRIA QUÍMICA PARA EL INCREMENTO 2016

En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 26 de enero de 2016, se reúnen en los locales de FEIQUE, sitos en la calle Hermosilla, n.º 31, de esta capital, los representantes de FEIQUE, Industria de CC.OO. y FITAG-UGT, al objeto de discutir el siguiente orden del día:

  1. Incremento Salarial año 2016.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 33.II.b) del XVIII Convenio General de la Industria Química, procede un incremento salarial para 2016 del 1,5 por 100 sobre la Masa Salarial Bruta de 2015.

En consecuencia, se acuerda proceder al incremento salarial de 2016, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2016, aplicando un incremento del 1,5 por 100 sobre la Masa Salarial Bruta de 2015, depurada y homogeneizada, según el procedimiento establecido en el artículo 33 del vigente Convenio.

De conformidad con el mismo precepto del Convenio, del porcentaje de incremento a aplicar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR