Acuerdo - Personal Laboral de la Administración General del Estado, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 3 de Enero de 2000
Fin de Vigencia 3 de Enero de 2000
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 19 de 22/01/2000

Visto el texto de los acuerdos relativos al Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado (código de Convenio número 9012022), que versan, el suscrito con fecha 22 de noviembre de 1999, sobre incremento de los complementos de puesto de trabajo previstos en el apartado 3.o del artículo 75 del Convenio único, y los de fecha 24 de noviembre de 1999 sobre la distribución de cantidades entre los distintos grupos profesionales y sobre la propuesta para que en la determinación de los criterios de aplicación de los fondos recogidos en el Acuerdo Administración-Sindicatos para el año 2000 la parte correspondiente a Convenio único se destine prioritariamente a completar el sistema de clasificación profesional previsto en su capítulo IV. Estos acuerdos han sido alcanzados por la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio y por la Comisión Negociadora del Convenio único, respectivamente, y de las que forman parte la Administración y las centrales sindicales CC. OO., UGT, CSI-CSIF, ELA-STV y CIG, no habiendo esta última suscrito los citados acuerdos, a los que se acompañan informes favorables emitidos por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de los citados acuerdos en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999, en la ejecución de dichos acuerdos.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de enero de 2000.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO DE LA COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN, VIGILANCIA, ESTUDIO Y APLICACIÓN DEL CONVENIO ÚNICO

El Pleno de la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio único (CIVEA), en...

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