Corrección de errores - Aeropuertos españoles y Navegacion aerea (AENA), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Agosto de 2002
Fin de Vigencia 1 de Agosto de 2002
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 272 de 13/11/2002

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores en la de 1 de agosto de 2002, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del III Convenio Colectivo de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.

Advertidos errores en el texto del III Convenio Colectivo de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 1 de agosto de 2002 en el "Boletín Oficial del Estado" número 225, de 19 de septiembre, Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 33378, anexo II, en la tabla salarial para 2001, en la tabla de grupos. Aeroportuario, donde dice: "Euros", debe decir: "Pesetas".

En la página 33379, donde dice: "Euros", debe decir: "Pesetas".

En la página 33380, donde dice: "Euros", debe decir: "Pesetas", y en la misma página, en "salarios de ocupación de referencia", donde dice:

"Pesetas", debe decir: "Euros".

En la página 33381, donde dice: "Pesetas", debe decir: "Euros".

En la página 33382, donde dice: "Pesetas"...

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