Revisión salarial - Sastrería, Modistería, Camisería y demás actividades afines a la medida, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 129 de 30/05/2002

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2001 del Convenio Colectivo de Sastrería, Modistería, Camisería y demás Actividades Afines a la Medida (Código de Convenio número 9904575), que fue suscrito con fecha 13 de marzo de 2002, de una parte, por la Federación Artesana de Sastres y Modistos de España en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Industrias Textil-Piel, Química y Afines de Comisiones Obreras (FITEQA-CC.00.) y la Federación de Industrias Afines de la Unión General de Trabajadores en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado,

Madrid, 10 de mayo de 2002.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE SASTRERÍA, MODISTERÍA, CAMISERÍA Y DEMÁS ACTIVIDADES AFINES A LA MEDIDA

En Almería, siendo las doce treinta horas del día 13 de marzo del año 2002, se reúnen, de una parte, y en representación de la Federación Artesana de Sastres y Modistos de España, don Agustín Rodríguez Hita, don José Sedano Céspedes, don Francisco Olsina, y en representación de los trabajadores, por parte de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines de Comisiones Obreras (FITEQA-CC.00.), don Manuel Martínez Lázaro y doña Dolores Rojas Rabaneda, y por parte de la Federación de Industrias Afines de la Unión General de Trabajadores, don Juan Martín Martín.

La reunión que se realiza tiene por objeto el proceder a la aplicación de lo dispuesto en el actual texto de Convenio Colectivo en lo que se refiere a la revisión salarial del IPC del año 2001.

Dado que se ha constatado que el IPC real a 31 de diciembre de 2001 ha excedido en un 0,7 por 100 el límite establecido para su aplicación, las...

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