Convenio colectivo - PULEVA FOOD, S.L., PARA SUSCENTROS DE TRABAJO DE GRANADA, SEVILLA Y JEREZ, Andalucia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2001
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial de la Junta de Andalucía de 04/08/2001

a la aplicación 15-06-323A-461.00 del vigente presupuesto.

Tercera.¿ Pago y justificación.

Con anterioridad a la finalización del ejercicio y en la fecha acordada, el Ente Local deberá justificar y remitir Memoria financiera de ejecución del gasto del presente convenio.

Cuarta.¿Obligaciones.

  1. La Mancomunidad deberá presentar un Proyecto anual de funcionamiento y actividades de la Oficina de Información Juvenil que contemple la dotación de los recursos locales, equipamientos y créditos destinados al desarrollo de las medidas prioritarias de intervención local en materia de juventud, y las acciones concretas para el desarrollo y aplicación del Plan Integral de Juventud en su ámbito local.

  2. La Consejería de Educación y Cultura, a través del Instituto Asturiano de la Juventud, prestará el asesoramiento y apoyo técnicos necesarios para la realización y desarrollo de los programas y actuaciones de la Oficina de Información Juvenil.

  3. A través de la Oficina de Información Juvenil la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias facilitará y promoverá la actuación coordinada de los recursos públicos, asociativos y privados, para conseguir una respuesta articulada y eficaz a las necesidades de la población joven.

  4. La Consejería de Educación y Cultura, a través del Instituto Asturiano de la Juventud, favorecerá las actuaciones coordinadas con las distintas Administraciones para facilitar a las Corporaciones Locales la aplicación de programas transversales de juventud.

  5. La Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias a través de su Oficina de Información Juvenil remitirá al Instituto Asturiano de la Juventud una Memoria anual, que permita el seguimiento y evaluación del desarrollo de las acciones que se financien mediante el presente convenio, a tal efecto el Instituto Asturiano de la Juventud proporcionará los datos mínimos que deberá contener la Memoria.

Quinta.

Con el fin de aunar criterios de actuación, el Instituto Asturiano de la Juventud, a través del Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, y la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias, a través de la Oficina de Información Juvenil, establecerán los cauces y compromisos oportunos para la aplicación del presente convenio en los términos que señalan los siguientes anexos.

Sexta.

Las actuaciones previstas en el presente convenio se entenderán referidas al año 2000.

No obstante, el convenio podrá prorrogarse por periodos anuales, quedando en todo caso supeditada su prórroga a la aprobación de los correspondientes créditos presupuestarios.

El Consejero de Educación y Cultura.¿El Presidente de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias.

Anexo I 1º) El objetivo principal de la Oficina de Información Juvenil, como Servicio Público, será el conjugar los elementos necesarios para el desarrollo de las funciones de información y dinamización del propio Servicio en colaboración con las instituciones, asociaciones, agentes sociales y grupos cercanos a las necesidades de los jóvenes en su ámbito local. Artículos 1 a 57
  1. ) El ámbito de actuación de la Oficina de Información Juvenil se circunscribe a la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias.

  2. ) La Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias se compromete a dotar a la Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias de personal contratado por un periodo no inferior a 1 año (o duración de convenio), en jornada completa y con la cualificación suficiente para el desempeño de sus funciones. También se compromete a dotar de local en el que exista un espacio dedicado a la autoconsulta, y los medios materiales necesarios para su funcionamiento y mantenimiento.

  3. ) La disposición y los medios técnicos suficientes para las conexiones informáticas, que permitan el funcionamiento en red con el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil y el resto de las Oficinas de Información Juvenil del Principado de Asturias que conforman la Red Asturiana de Información Juvenil y su acceso a Internet.

  4. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias deberá de contar con los elementos estructurales necesarios para su equipamiento informático (línea directa o asignada de teléfono, espacio adecuado para la instalación de la CPU), responsabilizándose de su mantenimiento.

  5. ) Los problemas técnicos que surjan de la utilización de programas, archivos y aplicaciones informáticas, no aportados por el Instituto Asturiano de la Juventud, serán de responsabilidad de la Oficina de Información Juvenil comprometiéndose ésta a subsanar los daños que pudieran causar.

  6. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias tramitará y difundirá en su ámbito de actuación toda aquella información que periódicamente se le envíe desde el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, y demás entidades de la Administración Pública del Principado de Asturias.

  7. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias mantendrá actualizados y organizados sus archivos de información, siguiendo las directrices de la clasificación temática aportada por el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil.

  8. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias enviará al Centro Regional de Información y Documentación Juvenil los ejemplares de todo tipo de documentos y publicaciones que realice, en número suficiente para su distribución a la Red Asturiana de Información Juvenil, más dos ejemplares para el archivo histórico del Centro Regional de Información y Documentación Juvenil.

  9. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias es responsable de ubicar y mantener los Puntos de Información Juvenil remitiendo anualmente al Centro Regional de Información y Documentación Juvenil informe de su ubicación, responsable directo y estado del Punto de Información Juvenil.

  10. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias deberá de colocar el rótulo identificativo en la parte exterior del edificio (o dependencia de la Oficina de Información Juvenil), en sitio visible para los usuarios, asimismo colocará a vista de éstos el cartel de horarios de atención al público, horario que en ningún caso será menor de 22¿30 horas semanales.

  11. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias llevará un control de consultas, que remitirá al Centro Regional de Información y Documentación Juvenil en la hoja de consultas normalizada, proporcionada por éste.

  12. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias enviará al Centro Regional de Información y Documentación Juvenil toda la información de interés juvenil que se genere en su ámbito.

  13. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias apoyará y facilitará la labor de las personas y colectivos de su ámbito que manifiesten interés o promuevan iniciativas de información juvenil, e informará de estas iniciativas al Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, enviando en su caso dos ejemplares de lo que se produzca (fanzines, revistas, grabaciones, etc.).

  14. ) La Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias hará constar en toda manifestación pública impresa o verbal que la Oficina de Información Juvenil realiza su actividad en colaboración con la Consejería de Educación y Cultura y el Instituto Asturiano de la Juventud.

  15. ) El personal de la Oficina de Información Juvenil de la Mancomunidad de Concejos del Oriente de Asturias participará en los cursos, seminarios y en las actividades formativas y de asesoramiento que convoque el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, y en los grupos y comisiones de trabajo que redunden en el mejoramiento de la formación y prest[SO] 1 (Diario El País)

    [ED] A (Andalucía)

    [DD] 03/05/2000

    [CU] 0 (Base)

    [SC] OP (Opinión)

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    [QQ] Elián, otro punto de vista

    [QQ] Dejando aparte las motivaciones políticas, que deformarían el punto que yo quiero resaltar, quisiera centrarme en un aspecto que este caso ha mostrado claramente, y además a una escala mundial, cual es la percepción que se tiene de la patria potestad de un padre a finales de este...

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