Convenio colectivo - Transportes Auto Galicia, S.L., Galicia

Inicio de Vigencia 1 de Abril de 2003
Fin de Vigencia31 de Marzo de 2004

Resolución de 23 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del convenio colectivo de la empresa Codisoil, S.A. Visto el texto del convenio colectivo de la empresa Codisoil, S.A., con nº de código 3603712, que tuvo entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales el día 25-4-2003, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social por los delegados de personal, en fecha 2-4-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y , del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real Decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora. Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Vigo, 23 de mayo de 2003. Joaquín Macías Sánchez Delegado provincial de Pontevedra Convenio colectivo de Codisoil, S.A., años 2003 y 2004

Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1
Artículo 1º

Ámbito funcional. El presente convenio regula las relaciones laborales entre la empresa Codisoil, S.A., dedicada a la actividad de distribución de gasóleos y limpieza industrial, y los trabajadores que en ella prestan servicios. Artículo 2º.-Ámbito personal y territorial. El presente convenio colectivo afecta a la totalidad del personal de Codisoil, S.A. que presta servicios en cualquiera de los centros de trabajo abiertos por la empresa en la provincia de Pontevedra, así como aquellos otros trabajadores que pudieran ser contratados durante su vigencia. Se exceptúa del ámbito de aplicación de este convenio al personal de alta dirección al que se refiere el artículo 2.1º a) del texto refundido de la Ley de Estatuto...

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