Acuerdo - Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2000
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 79 de 03/04/2004

Habiéndose suscrito con fecha 4 de marzo de 2004 Acuerdo entre el Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y Ciencia, y CCOO, FETE-UGT, USO, FSIE, OTECAS, FERE, Asociación Provincial Educación y Gestión y CECE sobre la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa, prevista en el artículo 61 del IV Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos y ordenando el Acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en su reunión de 26 de febrero de 2004 la publicación del Acuerdo citado, de conformidad con el artículo 7.1.b) de la Ley 1/1985, de 4 de junio, reguladora de la publicación de las normas, así como de las disposiciones y otros actos de los órganos del Principado de Asturias resuelvo publicar el mencionado Acuerdo como anexo a esta resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 9 de marzo de 2004.¿La Consejera de la Presidencia.

Anexo ACUERDO SOBRE LA PAGA EXTRAORDINARIA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, PREVISTA EN EL ARTICULO 61 DEL IV CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PUBLICOS En Oviedo, a 4 de marzo de 2004, reunidos en la Sala de Juntas de la Consejería de Educación y Ciencia, por parte de la Administración de Asturias, el Consejero de Educación y Ciencia, don José Luis Iglesias Riopedre, facultado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión del 26 de febrero de 2004. Por parte de las Organizaciones Sindicales: Don Antonio González Abúlez, en representación de CC.OO.; don Daniel Rodríguez Vázquez, en representación de FETE-UGT; doña Paloma Sicilia Díaz, en representación de USO; don Jesús Llavona Uribelarrea, en representación de FSIE; don Juan Luis González Díaz, en representación de OTECAS. Por parte de las Patronales: Don José Luis Ampudia Caballero, en representación de FERE; don Joaquín Alonso Vigil, en representación de la Asociación Provincial Educación y Gestión; doña María Victoria Villegas García-Pomar, en representación de la CECE.

Acuerdan: Formalizar la firma del Acuerdo sobre la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa, prevista en el artículo 61 del IV Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, con arreglo a los siguientes apartados.

Primero.¿ Ambito subjetivo.

  1. La Consejería de Educación y Ciencia abonará la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa establecida en el...

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