Modificación - Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 6 de Marzo de 2001
Fin de Vigencia 6 de Marzo de 2001
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 70 de 24/03/2001

Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo (código 3301115, expediente C-27/00) de Talleres de Reparación del Automóvil y/o Afines, en la que se acuerda la modificación de la redacción de parte del artículo segundo, recibida en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral el 5 de marzo de 2001, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por la Resolución de 6 de marzo de 2000, por la que se delegan competencias de la titular de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la presente, RESUELVO Primero.¿ Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.¿ Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 6 de marzo de 2001.¿El Director General de Trabajo y Seguridad Laboral (P.D. autorizada en Resolución de 6 de marzo de 2000, publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 62, de 22 de marzo de 2000).

Anexo ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TALLERES DE REPARACION DEL AUTOMOVIL Y/O AFINES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS En Oviedo, siendo las 17:00 horas del día 28 de febrero de 2001, se reúnen en la sede de UGT, sita en Plaza General Ordóñez, nº 1 - 6ª planta, las representaciones acreditadas de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Talleres de Reparación del Automóvil y/o Afines del Principado de Asturias, en representación de las Organizaciones Empresariales ASPA y ASAUTO, y Sindical MCA-UGT de Asturias, ambas firmantes del citado convenio colectivo, con el siguiente, Orden del día 1º. Modificación de la redacción de parte del artículo 2º del convenio, referido a jornada laboral.

En dicha reunión las representaciones en la Comisión Paritaria, Acuerdan Modificar los dos últimos párrafos del artículo 2º del convenio, con el fin de clarificar el espíritu y la filosofía del contenido de ambos párrafos, para facilitar una mayor comprensión y aplicación de los acuerdos pactados en el convenio de referencia.

En este...

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