Revisión salarial - Transporte por Carretera, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Estado de 17/02/2004

Vista el acta de la ComisiÛn Sectorial Paritaria del Convenio Colectivo (cÛdigo: 3301125, expediente: C-21/02) de Transportes por Carretera, recibida en esta DirecciÛn General de Trabajo el 27-1-2004, en la que se acuerda la revisiÛn salarial para el aÒo 2003, asÌ como los nuevos salarios para el 2004, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, n˙meros 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depÛsito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por ResoluciÛn de 4 de agosto de 2003, por la que se delegan competencias del titular de la ConsejerÌa de Industria y Empleo en el titular de la DirecciÛn General de Trabajo, por la presente, R E S U E L V O Primero.ø Ordenar su inscripciÛn en el Registro de Convenios Colectivos de la DirecciÛn General de Trabajo, asÌ como su depÛsito y notificaciÛn a la ComisiÛn Negociadora.

Segundo.ø Disponer su publicaciÛn en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 29 de enero de 2004.øEl Director General de Trabajo (P.D. autorizada en ResoluciÛn de 4-8-2003, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 12-8-2003).

ACTA DE LA COMISION SECTORIAL PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES POR CARRETERA En Oviedo, siendo las 12.00 horas del dÌa 22 de enero de 2004, se re˙nen los miembros de la ComisiÛn Sectorial Paritaria del Convenio Colectivo para las Empresas del Transporte por Carretera del Principado de Asturias: Paloma Pastor Alvarez, Javier Fern·ndez Torres, Arturo Cernuda GarcÌa, Juan Abad LochÈ, RamÛn GarcÌa Cuervo, JosÈ Antonio GarcÌa Delgado, JosÈ Antonio Su·rez MenÈndez, JosÈ Luis DÌaz Calvelo, Alfredo Fern·ndez Ballesteros y Manuel Boto Alvarez, para tratar el siguiente punto del orden del dÌa: RevisiÛn salarial aÒo 2003 e incrementos salariales aÒo 2004. Una vez...

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