Acta - Indústria de la Madera y el Mueble, Islas Baleares

Inicio de Vigencia19 de Diciembre de 2003
Fin de Vigencia19 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 003 de 06/01/2004

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral Referencia: Sección: Ordenación Laboral (Convenios colectivos) Expediente: 111 (Libro 3, asiento 18).

Código del convenio: 0700495.- La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de la Industria de la Madrra de la CAIB: -Federació de la Fusta i Suro de la CAIB-FFS, -MCA-UGT Illes Balears y -FECOMA-CC.

OO de Illes han suscrito el acta del 18-11-2003 con el Calendario Laboral de dicho sector para el año 2004; y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, y el artº 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99), R E S U E L V O: 1.- Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma y que se informe de ello a la comisión paritaria citada.

  1. - Publicar esta resolución y el acta citada con su calendario laboral de 2004, en el BOIB.

Palma, 19 de diciembre de 2003 La Directora General de Trabajo y Salud Laboral, Margalida G.

Pizà Ginard Asistentes: Por la representación Empresarial Federació de la Fusta i Suro de la CAIB - FFS - Rodrigo Sanmartín Pizá 41.386.022 Jaime Sureda Cabrer 41.377.582 Por la representación Sindical: MCA-UGT Illes Balears José Luciano Mas Belmonte 42.942.125 FECOMA-CC.

OO de Illes Rogelio Marín Canuto 02.073.478 En la ciudad de Palma de Mallorca siendo las 17:13 horas del martes día 18 de noviembre de 2003 y en los locales de la Federació de la Fusta i Suro de la CAIB, sitos en la Avenida Gabriel Alomar y Villalonga 1 '1º -B de Palma, se reúnen los señores al margen anotados, miembros de la Comisión Paritaria de Interpretación y Mediación prevista en la Disposición Adicional segunda del Convenio Colectivo...

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