Tablas salariales - Construcción y Obras Públicas, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2014
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 12/06/2015

Visto el Acta de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias (expediente C-037/2013, código 33000295011979), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 18 de mayo de 2015, en la que se acuerdan las tablas salariales definitivas del año 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 28 de mayo de 2015.—El Director General de Trabajo, P.D. (autorizada en Resolución de 3 de julio de 2012, publicada en el BOPA n.º 156, de 6 de julio de 2012).—Cód. 2015-09918.

En Oviedo a 18 de mayo de 2015.

Reunidos, la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias, compuesta por compuesta por Dº Daniel García-Balbín Álvarez y D.ª Cristina Fernández Díaz en representación de la Confederación Asturiana de la Construcción-Asprocon, y D.ª Nerea Monroy Rosal, en representación de la Central Sindical MCA-UGT y D.º Ernesto...

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