Modificación - Empresas de Seguridad, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Marzo de 2019
Fin de Vigencia 1 de Marzo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 52 de 01/03/2019

Visto el texto del acuerdo de modificación de los artículos 55 y 78, así como de incorporación de un artículo 69 bis, del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad (código de convenio n.º 99004615011982), publicado en el BOE de 1-2-2018, acuerdo de modificación que fue suscrito, con fecha 16 de enero de 2019, de una parte por las asociaciones empresariales APROSER y FES, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT, CC.OO. de Construcción y Servicios y FTSP-USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de febrero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA FINAL

En Madrid, siendo las 14 horas del 16 de enero de 2019, se reúnen los representantes de las organizaciones empresariales APROSER y FES, así como los representantes de las organizaciones sindicales FeSMC-UGT, Comisiones Obreras de Construcción y Servicios y FTSP-USO, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad.

Las partes anteriormente señaladas, representan en todo momento a la mayoría absoluta de ambas representaciones empresarial y sindical, a nivel estatal.

En cumplimiento de los acuerdos alcanzados, reflejados en las distintas Actas suscritas a lo largo de las negociaciones habidas, los componentes de la Comisión Negociadora firmantes alcanzan los siguientes:

ACUERDOS

Primero.

Aprobar y suscribir la modificación de los artículos 55 y 78 así como la incorporación de un nuevo artículo 69 bis en el Convenio Colectivo Nacional de Empresas Privadas de Seguridad de eficacia general, para el período 01.01.2017 al 31.12.2020.

Segundo.

Anexar el citado texto a la presente Acta, dando por finalizadas las negociaciones a todos los efectos.

Tercero.

Remitir dicho texto...

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