Acta - Hostelería Puerta de Palmas, S.L. (Cafeterías del Hospital Infanta Cristina, de Badajoz), Extremadura

Inicio de Vigencia 7 de Octubre de 2003
Fin de Vigencia 7 de Octubre de 2003
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 118 de 07/10/2003

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación del Acta de 8 de septiembre de 2003, del Comité de Empresa y Delegados Sindicales, relativo al Convenio Colectivo de la Empresa:'Hostelería Puerta de Palmas, S.L.'. Asiento 41/2003.

VISTO: el contenido del Acta, en la que se recoge acuerdo adoptado el 8-9-2003 por el Comité de Empresa y Delegados de Personal, relativo al Convenio Colectivo de Trabajo, HOSTELERÍA PUERTA DE PALMAS, S.L., con código informático: 0600741, en su centro de trabajo de las cafeterías del Hospital Infanta Cristina de Badajoz, por el cual las vacaciones del personal afectado por dicho convenio pasan a ser 35 días naturales, así como se modifica la jornada laboral, pasando a ser 35 horas semanales, a partir del próximo día 16-10-2003 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B.O.E. 6-6-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B.O.E. 17-5-95); Decreto del Presidente 15/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la denominación y número de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y crea la de Economía y Trabajo (DOE de 28/06/2003); Decreto 6/2000, de 8 de febrero, sobre estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (D.O.E. 10-2-2000), y Decreto 22/1996, de 19 de febrero, sobre distribución de competencias en materia laboral (D.O.E. 27-296), esta Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Trabajo de la Junta de Extremadura

A C U E R D A :

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo.- Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia BOP y en el Diario Oficial de Extremadura DOE, del texto del Acta que acompañan a esta Resolución.

Mérida, 12 de septiembre de 2003.

El Director General de Trabajo,

JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ

ACTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO...

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