Acta - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 9 de Octubre de 2003
Fin de Vigencia 9 de Octubre de 2003
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 242 de 09/10/2003

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las actas de 15 de abril de 2003 y 19 de diciembre de 2002, donde se recogen los acuerdos referentes a las modificaciones de nivel salarial y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 1999 y al arbitraje de la valoración del primer semestre de 1999 en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Visto el texto de las actas de fechas 15 de abril de 2003 y 19 de diciembre de 2002 donde se recogen los acuerdos referentes a las modificaciones de nivel salarial, y definiciones de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas, correspondientes a la valoración del segundo semestre de 1999 y al arbitraje de la valoración del primer semestre de 1999 en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (Código de Convenio 9002052), que forman parte del IX Convenio Colectivo, acuerdos que han sido alcanzados por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte la representación de la empresa y el Comité de empresa, acompañándose informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, en la ejecución de dicho Convenio Colectivo.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 22 de septiembre de 2003.--La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta final

Representantes de Dirección:

D. Fernando Lobo de Dios D.a M.a Carmen Martín Sierra (asesor)

Representantes de los Trabajadores:

D. Francisco Galán Roncero D. Rafael Luque Jurado (asesor)

En Madrid, a 15 de abril de 2003, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados anteriormente, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al segundo semestre de 1999.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos

Puestos de nueva creación:

Personal Operario Operario de Personalización DNI. Imprenta: 8

Puestos de trabajo que suben de nivel:

Personal Técnico.

Fotógrafo-Filmador. Servicios Generales: 11.

Puestos que no suben de nivel:

Personal Mando.

Jefe de Especialista Técnicos. Sistemas de Información: 11.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes

Puestos de nueva creación:

Personal Operario.

Cortador de Materias Primas. Mantenimiento 5.

Puestos de trabajo que suben de nivel:

Personal Operario.

Oficial 1.a Jefe de Equipo Rotativa de Boletos. Imprenta: 10

Encuadernador de Lujo. Imprenta: 9.

Puestos revisados a petición de los departamentos sin acuerdo en algún factor

Administrativo Caja Metálico. Economía y Finanzas Oficial 1.a Jefe de Equipo Máquina Calcográfica 2 o + colores. Documentos de Valor.

Maquinista Serigrafía/Minerva Tipografía. Imprenta.

El puesto de trabajo de Conductor-Almacenero. Fábrica de Papel no se ha valorado por no existir acuerdo entre ambas partes respecto si los cambios introducidos en el puesto implican o no una revisión en la valoración del mismo, según se refleja en las actas diarias.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes sin acuerdo en algún factor

Jefe de Almacén. Secretaría General.

Jefe de Expediciones. Secretaría General.

Oficial 1.a Jefe de Equipo Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.a Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.a Hincado y Pulido + Pulido cospeles. Moneda.

Oficial 2.a Máquina Rotativa de Boletos. Imprenta.

El puesto de trabajo de Auxiliar de Mantenimiento. Fábrica de Papel no se ha valorado por no existir acuerdo entre ambas partes respecto si los cambios introducidos en el puesto implican o no una revisión en la valoración del mismo, según se refleja en las actas diarias.

El puesto de trabajo de Oficial 1.a Guillotinero. Timbre no se ha valorado por no existir acuerdo entre ambas partes respecto si los cambios introducidos en el puesto implican o no una revisión en la valoración del mismo, según se refleja en las actas diarias.

El puesto de trabajo de Maquinista Texel-Serigrafía. Imprenta no se ha valorado por no existir acuerdo entre ambas partes respecto si los cambios introducidos en el puesto implican o no una revisión en la valoración del mismo, según se refleja en las actas diarias.

Según se recoge en el articulo 9º del vigente Convenio Colectivo, los puestos de trabajo en desacuerdo del segundo semestre de 1999 se someten a Arbitraje, acordándose que sea la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid quien lo lleve a cabo:

Jefe de Almacén. Secretaría General.

Jefe de Expediciones. Secretaría General.

Administrativo Caja Metálico. Economía y Finanzas.

Oficial 1.a Jefe de Equipo Máquina Calcográfica 2 ó + colores. Documentos de Valor.

Maquinista Serigrafía/Minerva Tipografía. Imprenta.

Maquinista Texel-Serigrafía. Imprenta.

Oficial 1.a Guillotinero. Timbre.

Oficial 1.a Jefe de Equipo Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.a Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.a Hincado y Pulido + Pulido cospeles. Moneda.

Oficial 2.a Máquina Rotativa de Boletos. Imprenta.

Conductor-Almacenero. Fábrica de Papel.

Auxiliar de Mantenimiento. Fábrica de Papel.

Varios

Categorías de nueva creación.

Operario Personalización DNI. Imprenta.

Cortador de Materias Primas. Mantenimiento.

Relación de personas y fecha de efectos:

Se adjunta relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación facilitadas.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el B.O.E. como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Fotografo-filmador: Es el técnico que con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene como misión obtener todo tipo de imágenes fotográficas o productos audiovisuales sobre los temas o motivos que le sean encomendados por su inmediato superior, colaborando en caso necesario con personal interno o externo de la F.N.M.T., para lo cual deberá conocer perfectamente las técnicas, aplicaciones y medios fotográficos y audiovisuales adecuados, a fin de obtener las reproducciones con la estética y calidad exigidas. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Definición y obtención de imágenes fotográficas, en cualquier soporte y formato, sobre cualquier tema o motivo que le sea encomendado tanto en el interior como en el exterior de la F.N.M.T, seleccionando en función del trabajo a realizar los medios técnicos, accesorios y elementos auxiliares necesarios.

Captación, registro, tratamiento y acabado de fotografías por sistemas analógicos o digitales. Aplicación de las técnicas y procesos adecuados para la edición y tratamiento de imágenes fijas. Realización de copias con los medios técnicos proporcionados al efecto.

Filmación y grabación de productos audiovisuales sobre cualquier tema que se le encomiende, llevando a cabo su montaje mediante edición digital.

Realizando el duplicado de videos en cualquier sistema.

Preparación de la sala de conferencias, montaje de sistemas de proyección de vídeo y megafonía, así como de diapositivas y transparencias.

Entretenimiento de las máquinas a su cargo, ocupándose de su conexión, ajuste y montaje de accesorios y recambios.

Organización, control y archivo de todo el material fotográfico y/o audiovisual recibido o generado en cualquier tipo de soporte.

Encuadernador de lujo: Es el operario que con total conocimiento de su profesión, tiene como misión la encuadernación de libros de los llamados de lujo y la restauración libros deteriorados. Deberá conocer y realizar la encuadernación en todas sus manifestaciones, incluido el dorado manual o mecánico y la confección de carpetas, estuches, cajas, archivadores, etc., forrados en piel, tela o papel. Para lo cual llevará a cabo las siguientes funciones:

Encuadernación de libros en cualquier modalidad realizando el cosido a mano o a máquina, corte, dorado, selección, chiflado y teñido de pieles, entallado y cubierto, responsabilizándose de la obtención de una correcta calidad y producción.

Restauración de libros deteriorados, examinando el tipo de encuadernación a realizar, el deterioro que puede reparar y los materiales que va a utilizar, procurando que se parezcan al original.

Confección de toda clase de estuches, cajas carpetas, archivadores en cualquier material y formato, incluyendo el dorado, si lo hubiere y forrado con tela.

Supervisión del trabajo del operario que le sea asignado para ayudarle, orientándole y resolviendo las dudas que pudieran presentársele.

Entretenimiento de las máquinas, útiles y herramientas que tiene asignadas.

Cumplimentación de toda la documentación necesaria en relación con su trabajo.

Cortador de materias primas: Es el operario que, con total conocimiento de las máquinas de corte y con conocimientos elementales de los oficios de mantenimiento, tiene como misión el corte de materias primas según las instrucciones recibidas, siendo el responsable de la obtención de una correcta calidad y producción, realiza además labores de carácter sencillo y de ayuda a los...

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