Revisión salarial - Comercio Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 67 de 19/03/2015

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo estatal del comercio minorista de droguerías, herboristerías y perfumerías (código de convenio nº 99100145012014) aprobado en acta suscrita con fecha 8 de febrero de 2015 por la comisión mixta del citado Convenio de la que forman parte la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España y la Federación Nacional de Herbodietética (FENADIHER) en representación de las empresas del sector, y la Federación de Servicios a la Movilidad y el Consumo de la Unión General de Trabajadores (SMC-UGT) y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO) en representación de los trabajadores afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 9 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA N.º 2 DE LA COMISION MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL COMERCIO MINORISTA DE DROGUERIAS, HERBORISTERIAS Y PERFUMERIAS

Por la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España:

D. Manuel del Pozo Moya (Presidente).

D.ª Mara Arranz del Barrio.

D. Ramón Rucabado Salas.

D. José María Rodriguez Monteys.

D. Antonio Morell.

Por la Federación Nacional de Herbodietética (FENADIHER):

D. Agustín Benavent González.

Por la parte social:

Federación de Servicios a la Movilidad y el Consumo de la Unión General de Trabajadores (SMC-UGT):

Amaia Villanueva Fernández.

Rubén Ranz Martín.

Lola Díez García.

Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO):

M.ª Angeles Rodríguez Bonillo.

Carlos Primo Gallardo.

En Madrid, a 5 de febrero de 2015 a las 10,30 horas, reunidos en la sede social de la Federación Nacional de Perfumistas y Drogueros de España, como domicilio fijado para la Comisión Mixta, de una parte y de la otra, las personas relacionadas al margen en su calidad de representantes de las organizaciones firmantes en la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Estatal del comercio minoristas de droguerías, herboristerías y perfumerías y en desarrollo de lo previsto en los artículos que se citan del mismo han abordado el siguiente

ORDEN DEL DÍA

Primero. Cláusula de revisión salarial 2014 (artículo 47 apartado 4).

Comprobado por las partes firmantes...

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