Corrección de errores - Limpieza de Edificios y Locales, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia13 de Mayo de 2019
Fin de Vigencia13 de Mayo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 90 de 13/05/2019

Visto el Acta de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del sector Limpieza de Edificios y Locales del Principado de Asturias (Expediente C-038/2018, Código 33000735011979) de fecha 20 de marzo de 2019, por la que se advierte error material de transcripción en el contenido de las tablas salariales de los años 2018, 2019 y 2020, resultan los siguientes

Hechos

Primero.—Que por resolución de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, de fecha 28 de noviembre de 2018, publicada en el BOPA de fecha 3 de enero de 2019, se ordena la inscripción del Convenio Colectivo del sector Limpieza de Edificios y Locales del Principado de Asturias, en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo.

Segundo.—Que una vez publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA n.º 2 de fecha 3-01-2019) el texto del Convenio Colectivo, se advierte por la comisión negociadora error material de transcripción que afecta al contenido de las tablas salariales de los años 2018,2019 y 2020. Con fecha 10 de abril de 2019 la comisión negociadora del convenio acuerda la corrección de errores rectificando las tablas salariales mencionadas anteriormente.

Fundamentos de derecho

Primero.—En virtud de los previsto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, y en la Resolución de 11 de abril de 2018, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo en el titular de la Dirección General de Trabajo, la competencia para dictar la presente resolución corresponde a la Dirección General de Trabajo.

Segundo.—Que de conformidad con lo señalado en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Rectificar, a instancia de la comisión negociadora, el contenido de las tablas salariales de los años 2018, 2019 y 2020 del Convenio Colectivo del sector de Limpieza de Edificios y Locales del Principado de Asturias. Transcribiéndose el acta de rectificación y las tablas salariales como anexo a la presente resolución.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA LOS AÑOS 2018, 2019, Y 2020 PARA LA SUBSANACIÓN DE ERRORES EN LA PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES

En Oviedo, siendo las 12:30 horas del día 20 de marzo de 2019, en los locales de CC.OO. se reúnen:

De una parte, las asociaciones Empresariales: Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL), con domicilio en la calle Diego de León, 50 – 5.ª planta (28006) de Madrid, y Unión de Empresarios de Limpieza del Principado de Asturias (UDELIMPA), con domicilio en Pintor Luis Fernández, n.º 2 (33005) de Oviedo.

Y de otra, los sindicatos CCOO —Construcción y Servicios de CCOO— con domicilio en la calle Santa Teresa, n.º 15, 2.º (33005) de Oviedo, y UGT-Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo de UGT (FESMC), con domicilio en la Plaza General Ordóñez, n.º 1, 4.º (33005) de Oviedo.

Las asociaciones empresariales comparecientes ASPEL y UDELIMPA, han formado parte de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales del Principado de Asturias, y representan al 100% de la representación empresarial.

Los dos sindicatos comparecientes, CC.OO. —Construcción y Servicios de CCOO—, y...

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