Acuerdo - Construcción y Obras Públicas, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 3 de 05/01/2004

RESOLUCION de 9 de diciembre de 2003, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción de la jornada y el calendario de fiestas para el año 2004, del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias, en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo.

Vista el acta de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo (código: 3300295, expediente: C-42/03) de la Construcción del Principado de Asturias, recibida en esta Dirección General de Trabajo el 5-12-2003, en la que se acuerda la aprobación de la jornada laboral y del calendario de fiestas para el año 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 4 de agosto de 2003, por la que se delegan competencias de la titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.¿Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.¿Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, 9 de diciembre de 2003.¿El Director General de Trabajo (P.D. autorizada en Resolución de 4-8-2003, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 12-8-2003).¿18.886.

Acuerdo de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias

En Oviedo, a 18 de noviembre de 2003.

Reunidos, la Comisión Mixta de interpretación del Convenio Colectivo de la Construcción del Principado de Asturias, compuesta por don Guillermo Encina Iglesias, en representación de la Confederación Asturiana de la Construcción; don Francisco Cascos Alonso, en representación de Asprocon; don José Angel Monroy Villa, en representación de la Central Sindical MCA-UGT, y don Jeremías dos Santos Zapico, en representación de la Central Sindical FECOMA- CC.OO.

Acuerdan Que la jornada laboral para el año 2004 viene fijada en 1.750 horas anuales por el Convenio General del Sector.

  1. Por ello y con el fin de adecuar el calendario laboral para el año 2004, se determinan como días no...

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