Tablas salariales - Derivados del Cemento, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2018
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2018
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 140 de 12/06/2019

Visto el texto de la revisión salarial y la correspondiente tabla definitiva para el año 2018 del VII Convenio colectivo general del sector de derivados del cemento (código de convenio: 99010355011996), publicado en el «BOE» de 5 de enero de 2018, revisión y tabla que fueron suscritas, con fecha 10 de abril de 2019, por la Comisión Paritaria de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales ANDECE, ANEFHOP y FEDCAM, y las sindicales UGT-FICA y CC.OO.–Construcción y Servicios, como firmantes del indicado Convenio en representación, respectivamente, de la empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas revisión y tabla salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de mayo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE ACUERDO DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DE INTERPRETACIÓN DEL VII CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO

En Madrid, a 10 de abril de 2019, se reúnen en los locales de la Fundación SIMA, sitos en calle San Bernardo, 20, 5.ª, Madrid, previamente citados, los siguientes miembros de la Comisión Paritaria de Interpretación del VII Convenio General de Derivados del Cemento.

Representación empresarial:

Por ANDECE: Doña Sonia Fernández Ayala.

Por ANEFHOP: Don Carlos María Parra García.

Por FEDCAM: Don José Manuel Martínez Imbernón.

Representación sindical:

Por UGT-FICA: Don Juan Carlos Barrero Mancha.

Por CC.OO. Construcción y Servicios: Don Miguel Montalbán Gámez.

Para proceder a la actualización salarial de 2018, según lo establecido en el artículo 15.1.e), del VII Convenio General de Derivados del Cemento en función de los criterios establecidos en la disposición final primera,

ACUERDAN

Primero.

Fijar las tablas para 2018 de remuneraciones mínimas sectoriales según la Disposición Final...

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