Convenio colectivo - Asturiana de Zinc SA (Fábrica de Zinc Electrolítico de San Juan de Nieva), Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2019
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2022
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 214 de 06/11/2019

Vista la solicitud de inscripción de convenio colectivo presentada por la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la empresa Asturiana de Zinc, S.A.U. Fábrica de Zinc Electrolítico del San Juan de Nieva (expediente C/033/2019, código 33000091011979), a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 27 de agosto de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 5 de septiembre de 2019, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica en el titular de la Dirección General de Empleo y Formación, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Formación, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

En Oviedo, a 23 de septiembre de 2019.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica.—P.D. autorizada en Resolución de 5-9-2019, publicada en el BOPA núm. 174, de 10-IX-2019, el Director General de Empleo y Formación.—Cód. 2019-11142.

ACTA DE OTORGAMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO DEL CENTRO DE TRABAJO DE SAN JUAN DE NIEVA, FÁBRICA DE ZINC ELECTROLÍTICO DE LA EMPRESA “ASTURIANA DE ZINC, S.A.U.”

San Juan de Nieva, 27 de agosto de 2019.

A las 12.30 horas del día de la fecha se reúne en las dependencias de Administración del centro de trabajo, la Comisión negociadora del citado Convenio, integrada por los miembros que a continuación se relacionan:

De una parte, y en representación de la parte social:

Don José Manuel Muñiz García (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don Roberto Suárez Fernández (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don César José García González (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don Pelayo Gamba Bravo (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don Eliseo Agustín Bermúdez Rodríguez (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don José Ángel Hevia González (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don Alejandro Vega García (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

Don Fernando Rodríguez Vecino (Sindicato Independiente de Trabajadores de AZSA)

De la otra, y en representación de la empresa Asturiana de Zinc, S.A.U:

Don Jaime Arias Zapico (Director de Operaciones Metalúrgicas de AZSA)

Don Manuel Fernando García Muñiz (Jefe de Producción)

Don José Manuel Fernández Fernández (Jefe de Asesoría Jurídica)

Doña Noemí Palacio Zapico (Jefe de Administración de Personal)

Don Jesús Díez Baquero (Jefe de Recursos Humanos)

Ambas partes manifiestan:

Primero.—Reconocerse mutua legitimación y capacidad para la negociación del Convenio Colectivo del centro de trabajo de la empresa “Asturiana de Zinc, S.A.U.” en la localidad de San Juan de Nieva, correspondiente a los años 2019–2022, así como para firmar la presente acta de otorgamiento.

Segundo.—En virtud de las negociaciones llevadas a cabo, acuerdan aprobar el Convenio Colectivo citado, con vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2022 y de cuyo conocimiento están al corriente.

Y en prueba de conformidad ambas partes suscriben la presente acta y los correspondientes ejemplares del Convenio Colectivo para el personal de la Fábrica de Zinc Electrolítico de la empresa “Asturiana de Zinc, S.A.U.” en la localidad de San Juan de Nieva.

Índice

Capítulo I Ámbito de aplicación, duración y revisión
Artículo 1 —Ámbito territorial
Artículo 2 —Ámbito personal
Artículo 3 —Ámbito temporal
Artículo 4 —Incremento salarial
Capítulo II Jornada, vacaciones y permisos
Artículo 5 —Jornada y horarios de trabajo
Artículo 6 —Descanso durante la jornada a turnos
Artículo 7 —Horas extraordinarias
Artículo 8 —Vacaciones
Artículo 9 —Vacaciones. Época de disfrute
Artículo 10 —Vacaciones

Calendario.

Artículo 11 —Vacaciones

Casos especiales.

Artículo 12 —Permisos retribuidos
Capitulo III Organización del trabajo
Artículo 13 —Eficiencia y rendimiento

Rendimiento normal.

Artículo 14 —Contratación de personal
Artículo 14 bis —Duración de los contratos temporales por circunstancias de la producción
Artículo 15 —Vacantes
Artículo 16 —Movilidad de personal
Artículo 17 —Cambio de puesto voluntario
Artículo 18 —Cambio de jornada laboral
Artículo 19 —Situación del personal cubrebajas
Artículo 20 —Cambio de turno
Artículo 21 —Cambio voluntario de turno, descanso o período de vacaciones
Artículo 22 —Relevos
Artículo 23 —Descansos compensatorios
Capítulo IV Personal de capacidad disminuida
Artículo 24 —Definición
Artículo 25 —Declaración de la capacidad disminuida
Artículo 26 —Puestos de trabajo para personal de capacidad disminuida
Artículo 27 —Formación y reconversión
Artículo 28 —Recuperación de la capacidad laboral
Artículo 29 —Reingreso de incapacitados
Capítulo V Prevención de riesgos laborales
Artículo 30 —Principio general
Artículo 31 —Delegados de prevención
Artículo 32 —Comité de seguridad y salud
Artículo 33 —Competencias y facultades del comité de seguridad y salud
Artículo 34 —Reconocimientos periódicos y especiales
Capítulo VI Ayuda social para los estudios y casas de vacaciones
Artículo 35 —Principio general
Artículo 36 —Bonos para viajes escolares

Transporte escolar.

Artículo 37 —Ayuda de estudios
Artículo 38 —Ayuda a disminuidos psíquicos y para la formación de hijos minusválidos de trabajadores
Artículo 39 —Ayuda para huérfanos de productores e hijos de pensionistas
Artículo 40 —Casa de vacaciones
Artículo 41 —Préstamos
Artículo 42 —Economato
Capítulo VII Participación y representación del personal
Artículo 43 —Principio general
Artículo 44 —Comité de empresa
Artículo 45 —Comisiones de trabajo
Artículo 46 —Comisiones de participación
Artículo 47 —Crédito de horas sindicales
Artículo 48 —Medios materiales
Artículo 49 —Información
Capítulo VIII Retribuciones
Artículo 50 —Conceptos retributivos
Artículo 51 —Salario de calificación
Artículo 52 —Prima de asistencia mensual
Artículo 53 —Gratificaciones
Artículo 54 —Antigüedad
Artículo 55 —Horas extraordinarias
Artículo 56 —Plus de turnicidad
Artículo 57 —Plus de toxicidad
Artículo 58 —Plus de nocturnidad
Artículo 59 —Plus domingo
Artículo 59 bis —Plus personal jornada normal
Artículo 60 —Plus festivo
Artículo 61 —Descanso en festivos
Artículo 62 —Prima de producción
Artículo 63 —Prima de competitividad
Artículo 64 —Retribución vacaciones
Artículo 65 —Permisos retribuidos
Artículo 66 —Retribución de cubrebajas
Artículo 67 —Desayunos, comidas y cenas
Artículo 68 —Gratificación por trabajar los días 24 y 31 de diciembre
Artículo 69 —Fecha de pago
Capítulo IX Previsión y asistencia social
Artículo 70 —Complemento en situación de incapacidad temporal
Artículo 71 —Seguro colectivo de vida
Artículo 72 —Seguro colectivo de jubilación
Capítulo X Régimen disciplinario
Artículo 73 —Ejercicio de la facultad sancionadora
Artículo 74 —Faltas leves
Artículo 75 —Faltas graves
Artículo 76 —Faltas muy graves
Artículo 77 —Expedientes sancionadores y cumplimiento de sanciones
Artículo 78 —Prescripción de las faltas y cancelación de sanciones
Artículo 79 —Sanciones
Artículo 80 —Privación de libertad de los trabajadores
Capítulo XI
Artículo 81 —Jubilación parcial
Artículo 82 —Nuevo sistema de clasificación profesional
Disposición final primera Absorción y compensaciones

Disociación final segunda.—Comisión de vigilancia

Disposición final tercera Resolución de conflictos
Disposición final cuarta Determinación de las partes

Artículo preliminar.

Este convenio es fruto de la negociación entre la Dirección de la Empresa Asturiana de Zinc S.A.U, y el Comité de Empresa que ostenta la representación legal de los trabajadores.

Capítulo I Ámbito de aplicación, duración y revisión. Artículos 1 a 4
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