Revisión salarial - Comercio Textil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 23 de 17/02/2004

Visto el texto de la Revisión Salarial para el IPC-2003 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Comercio Textil de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2001-2002-2003 y 2004 (Código núm. 2600085), previstaen el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 28 de enero de 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales, acuerda:

  1. - Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dependencia, con notificación a la citada Comisión.

  2. - Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 6 defebrero de 2004.- La Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura

Convenio colectivo de comercio textil.- Revisión salarial año 2003

En la ciudad de Logroño, siendo las diez horas del día veintiocho de enero de dosmil cuatro, se reúnen, en la Federación de Empresarios de La Rioja, los siguientes señores: D. Miguel Rosel León, D. José Luis Navajas Nalda y D. José Angel Marín García, en representación de la Asociación de Empresarios del Comercio Textil y D. Rafael Budia Morales, en representación de Unión Sindical Obrera, D. Isidoro Casas Revilla en representación de Unión General de Trabajadores y D. Juan Carlos Bermúdez Olano en representación de Comisiones Obreras, todos ellos componentes de la ComisiónParitaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Comercio Textil de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2001, 2002, 2003 y 2004.

Como Secretario interviene D. David Ruiz Bacaicoa.

El motivo de la reunión es establecer la revisión económica pactada en el artículo 7º del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad del Comercio Textil de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para los años 2001, 2002, 2003 y 2004.

De conformidad con lo anterior y en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.- Incremento salarial para el año 2003.

Una vez constatado que el IPC establecido por el INE para el conjunto nacional a registrado a 31 de diciembre del 2003, un incremento del 2,6% respecto al 31 de diciembre del 2002 se procede a revisar los salarios vigentes a 31 de diciembre del 2002 en un 3,85% correspondiente al 3,25% ya pactado más la diferencia entre el 2,6% de incremento del IPC y el 2% establecido como IPC previsto, aprobándose la tabla salarial a regir durante el 2003.

Segundo.- Dar traslado de la...

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