Modificación - Construcción, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 5 de Noviembre de 2019
Fin de Vigencia 5 de Noviembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 266 de 05/11/2019

Visto el texto del acuerdo de modificación de los artículos 7.2, 62, 67 y 99 del VI Convenio colectivo general del sector de la construcción (Código de convenio: 99005585011900), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 26 de septiembre de 2017, acuerdo que fue suscrito, con fecha 12 de septiembre de 2019, de una parte por la organización empresarial Confederación Nacional de la Construcción (CNC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO.–Construcción y Servicios y UGT-FICA, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de octubre de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA 13.ª REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

En representación sindical:

CC.OO. de Construcción y Servicios: D. Daniel Barragán Burgui y D. Ángel Ramos López.

UGT-FICA: D. Juan Carlos Barrero Mancha y D. Santiago Ramírez Álvarez.

CIG: D. Tomás Martínez Rodríguez.

En representación empresarial:

CNC: D. Ignacio Cano Torollo, D. Juan Manuel Cruz Palacios, D. Daniel Cuervo Iglesias, D.ª Paloma de Miguel Peña, D. Pedro García Díaz, D.ª Mercedes Girón Torrano, D.ª M.ª José Leguina Leguina, D. Ángel Ignacio León Ruiz, D.ª Teresa Manjón Manjón, D. José Pablo Martínez Marqués, D. José Félix Palomino Cantarellas, D. Joaquín Pedriza Bermejillo, D. Francisco Ruano Tellaeche, D. Francisco Santos Martín y D.ª Sandra Verger Rufián.

En Madrid, a doce de septiembre de dos mil diecinueve, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), previamente convocados, se reúnen los relacionados al margen, en la representación que en el mismo consta.

La reunión tiene por objeto continuar con la negociación del registro de jornada incluyéndolo en la regulación del VI Convenio General del Sector de la Construcción (número de Código 99005585011900) de acuerdo con la nueva redacción del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores dada por el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

En la presente reunión el representante de ELA Industria Eraikuntza debidamente convocado no comparece.

El representante de CIG asiste y no firma la presente acta al no haber dispuesto de suficiente tiempo para hacer valoraciones al respecto.

La nueva redacción del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores dada por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, ha supuesto una novedad en relación con el registro diario de jornada, debiendo registrarse la jornada diaria de trabajo.

Las partes firmantes conscientes de la dificultad que en algunas empresas puede suponer implantar esta novedad han llegado a un acuerdo...

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