Tablas salariales - Derivados del Cemento, Badajoz

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2016
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2017
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 170 de 31/08/2018

RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 31 de julio de 2018, en la que se acuerda la aprobación de las tablas salariales provisionales para el año 2017 y elevar a definitivas las tablas salariales provisionales referentes al año 2016 del Convenio Colectivo "Derivados del cemento de la provincia de Badajoz". (2018062073)

Visto el texto del Acta de 31 de julio de 2018 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo "Derivados del cemento de la provincia de Badajoz" -código de convenio 06000195011981-, publicado en el DOE n.º 154, de 10 de agosto de 2016, en la que se recoge el acuerdo relativo a la aprobación de las tablas salariales provisionales para el año 2017 y elevar a definitivas las tablas salariales provisionales referentes al año 2016 del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 13 de agosto de 2018.

La Directora General de Trabajo,

MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ

ASISTENTES

En Mérida, en la sede de la Fundación Laboral de la Construcción, sita en Avd. Reina Sofía, 10, siendo las 10:00 horas del martes 31 de julio de 2018, se reúnen las personas al margen reseñadas quienes fueron convocados en tiempo y forma con acomodo a lo establecido en el correspondiente orden del día y en la representación que les corresponde.

El objeto de la reunión es el de fijar las tablas salariales definitivas 2016 y provisionales 2017.

Tras las diversas intervenciones, se procede al cálculo de las tablas salariales definitivas del Convenio de Derivados del Cemento de Badajoz, provisionales para el año 2017, de acuerdo con los criterios establecidos fijados en el ACTA de fecha de 24 de julio de 2018 de la Comisión Paritaria de Interpretación del VII Convenio General de Derivados del Cemento.

Para proceder a la actualización salarial del año 2017, según lo establecido en el artículo 15.1 e), del VII Convenio General de Derivados del Cemento en función de los criterios establecidos en la disposición fin al primera,

ACUERDAN:

Primero.

Elevar a definitivas las tablas salariales provisionales 2016 (anexo I).

Segundo.

Fijar las Tablas Salariales Definitivas del Convenio de Derivados del Cemento de Badajoz con carácter provisional y que se anexan como parte inseparable de la presente (anexo II).

Por APDECOBA:

José Antonio Calvo Delgado. DNI 51.953.390-R

Eduardo de la Iglesia Cánovas. DNI 12.357.184-C

Por CCOO de C y S:

Mateo Guerra Macías. DNI 08.798.247-B

Jacinto Mellado García. DNI 06.999.769-H

Por UGT - FICA:

Miguel Talavera Gilete. DNI 06.961.307-N

Paulino Guardado Mirón. DNI 76.010.709-X

Tercero.

Los atrasos generados por la actualización de estas Tablas serán abonados por las Empresas de forma inmediata a la publicación de la presente acta.

Cuarto.

Se faculta a D. Fidel Pozas Martín, con DNI 28.943.659-E, para el registro y publicación de esta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la sesión, siendo las 12:30 horas del dial de la fecha indicados en el encabezamiento, levantándose la presente que en prueba de conformidad firman los asistentes.

Por APDECOBA,

D. José Antonio Calvo Delgado.

D. Eduardo de la Iglesia Cánovas.

Por CCOO DE C Y S,

D. Mateo Guerra Macías.

D. Jacinto Mellado García.

Por UGT - FICA,

D. Miguel Talavera Gilete.

D. Paulino Guardado Mirón.

SALARIO

ANUAL

2016

22.730´76 €

20.148´29 €

20.148´29 €

20.148´29 €

18.795´53 €

18.795´53 €

18.212´85 €

17.943´44 €

17.689´24 €

17.397´20 €

17.159´89 €

17.678´45 €

17.678´45 €

El valor de las horas extraordinarias y las vacaciones arriba referidos serán considerados valores mínimos, ya que han sido cal culados sin tener en cuenta la

antigüedad y cualquier otro concepto salarial que estuviese percibiendo el/la trabajador/ra.

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