Acuerdo Calendario Laboral - Derivados del Cemento, Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 24 de 19/02/2015

Antecedentes

  1. El día 26 de enero de 2015, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector de los derivados del cemento de las Illes Balears se reunieron para acordar el calendario laboral para el año 2015, de lo que se extendió la correspondiente acta de sesión.

  2. El día 26 de enero, el señor Antonio Cañabate Riera, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta de sesión.

    Fundamentos de derecho

  3. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

  4. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

  5. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    Por todo ello, dicto la siguiente

    RESOLUCIÓN

  6. Inscribir y depositar en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector de los derivados del cemento de las Illes Balears de 26 de enero de 2015, en la que se aprueba el calendario laboral para el año 2015.

  7. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  8. Hacer constar que la versión castellana del texto es...

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