Revisión salarial - Industrias de Panadería, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2003
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2003
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 41 de 30/03/2004

Visto el texto de la Revisión Salarial para el año 2003 correspondiente al Convenio Colectivo de trabajo para la actividad de Industrias de Panadería de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2001, 2002, 2003 y 2004 (Código núm. 2600295), prevista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 5 de febrero de 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales Acuerda:

  1. - Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios de Trabajo de este Dependencia, con notificación a la citada Comisión.

  2. - Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 22 demarzo de 2004.- Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura.

Acta

En la ciudad de Logroño, siendo las diecisiete treinta horas del día cinco de febrero del año dos mil cuatro, se reúnen en la sede del Tribunal Laboral de La Rioja, D. Miguel A. Rubio del Río, D. Primitivo Aduna Luzuriaga, D. José Julián Fuente Terroba, y D. Alfonso Garrido Palacios, en representación de la Asociación Riojana de Fabricantes-Expendedores de Pan y Afines (ARFEPAN); D. Ricardo Oliván Estebas, D. David Fernández García y D. Gregorio Biribay Larrión, en representación de Unión General de Trabajadores (UGT).; D. Pedro Pablo Bezares Ibáñez, en representación de Unión Sindical Obrera (USO), todos ellos componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de trabajo para las Industrias de Panadería de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para los años 2001 al 2004, ambos inclusive.

Interviene en su calidad de secretario de actas D. Alfredo Los Arcos Herreros (FER).

El motivo de la reunión es proceder a la Revisión Salarial prevista en el artículo 14º del Convenio en vigor para el año 2003, así como a la aprobación y firma de la Tabla de Revisión Salarial confeccionada al efecto.

Abierta la sesión se llega por unanimidad a los siguientes acuerdos:

Primero.- Revisión Salarial año 2003. Una vez constatado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que el índice de Precios al Consumo (IPC) en el periodo de 1 de enero a 31 de diciembre de 2003, ha...

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