Prórroga - Vehículos de Alquiler Sin Conductor, Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 14 de 29/01/2015

Antecedentes

  1. El día 9 de diciembre de 2014, la representación de la empresa del sector del alquiler de vehículos sin conductor de las Illes Balears y la de su personal suscribieron el Acta de constitución de la Comisión Paritaria y de ratificación de la prórroga automática del Convenio colectivo hasta el 31 de diciembre de 2015.

  2. El día 9 de diciembre, el señor José Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

    Fundamentos de derecho

  3. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

  4. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

  5. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    Por todo ello, dicto la siguiente

    RESOLUCIÓN

  6. Inscribir y depositar el Acta de constitución de la Comisión Paritaria y de ratificación de la prórroga automática del Convenio colectivo del sector del alquiler de vehículos sin conductor de las Illes Balears hasta el 31 de diciembre de 2015, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

  7. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  8. Hacer constar que la...

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