Revisión salarial - Valoriza Servicios Medioambientales SA (Servicio de recogida de basura y limpieza viaria del municipio de Eivissa), Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 45 de 30/03/2004

Referencia:

Sección: Ordenación Laboral (Convenios colectivos)

Expediente: 2 (Libro 3, asiento 22)

Código del convenio: 0701562.-

La Representación Legal Empresarial de 'CESPA, S.A. ' y la de sus trabajadores del Municipio de Ibiza, han suscrito la Actualización Salarial de su Convenio Colectivo, y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo y el artº 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);

RESUELVO:

  1. Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma e informar a la Comisión Negociadora.

  2. - Publicar esta resolución y la actualización salarial citada, en el BOIB.

Palma, 4 de Marzo de 2004

La Directora General de Trabajo y Salud Laboral

Margalida G. Pizà Ginard

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEL SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE BASURAS DEL MUNICIPIO DE IBIZA, CESPA INGENIERIA URBANA, S.A. PARA EL AÑO 2004.

Ibiza, a 16 de febrero de 2004

ASISTENTES:

POR LA EMPRESA: D. CRESCENCIANO HUERTA BAHILLO, DIRECTOR, D. CONSTANTINO LARRODA AZCOITIA, JEFE SERVICIOS Y D. JOSE RAMON BUETAS AYERZA, ASESOR JURIDICO.

POR LA PARTE SOCIAL: D. JOSE MESAS PEREZ, D.RAFAEL ECIJA AMOROS, D. JESUS HORTELANO HORTELANO, D. ANTONIO MANUEL GARICA MONTERO , D. MANUEL DE LA BARRERA PRIMO, MIEMBROS DE COMITÉ DE EMPRESA Y D. JOSE ANTONIO CARMONA MONTALBAN, REPRESENTANTE SINDICAL.

Se reunen a los efectos de actualizar la tabla salarial del año 2.004. Habida cuenta de que el IPC consolidado en año 2003 ha sido del 2,6 %, superior en 0,6 puntos porcentuales al 2 % que a cuenta se había acordado a la firma del convenio, se ha actualizado las tablas del año 2003 y se abonaran los atrasos en la nómina del mes del febrero.

De acuerdo con lo indicado en el artículo 30 del Convenio Colectivo en vigor, efectuados los cálculos pertinentes con arreglo a los datos del IPC previsto, 2%, para el año 2004, ambas partes acuerdan que el resultado de los mismos es la tabla salarial que se anexa a la presente acta, firmada por todos los comparecientes.

Asimismo y con los mismos criterios de los...

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