Revisión salarial - Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2003 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2003 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 79 de 01/04/2004 |
RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2004, de la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial para el año 2003 del I Convenio Marco de Relaciones Laborales de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias de A Coruña, Algeciras, Alicante, Almería-Motril, Avilés, Barcelona, Bahía de Cádiz, Baleares, Cartagena, Castellón, Ceuta, Ferrol, Gijón, Huelva, Málaga, Marín-Pontevedra, Melilla, Santander, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla, Tarragona, Valencia, Vigo y Vilagarcía.
Visto el texto de la Revisión Salarial para el año 2003 del I Convenio Marco de Relaciones Laborales de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias de A Coruña, Algeciras, Alicante, Almería-Motril, Avilés, Barcelona,
Bahía de Cádiz, Baleares, Cartagena, Castellón, Ceuta, Ferrol, Gijón, Huelva, Málaga, Marin-Pontevedra, Melilla, Santander, Santa Cruz de Tenerife,
Sevilla, Tarragona, Valencia, Vigo y Vilagarcía (publicado en el B.O.E. de 18-1-00), (Código de Convenio n.o 9909785), que fue suscrito con fecha 12 de Febrero de 2003 por la Comisión Paritaria del Convenio, integrada por los designados por el citado ente público y autoridades portuarias y las Centrales Sindicales CC.OO y UGT, en representación, respectivamente, de la empresa y trabajadores afectados, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.--Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, en la ejecución de dicha Revisión Salarial.
Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 10 de marzo de 2004.--La Directora General, Soledad Córdova Garrido.
Salario base...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba