Tablas salariales

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2017
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2017
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 09/03/2017

Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de oficinas y despachos (expediente C-035/1997, código 33000905011981), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 20 de febrero de 2017, en la que se acuerda la actualización de las tablas salariales para el año 2017, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 14 de agosto de 2015, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 21 de febrero de 2017.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.—P.D. autorizada en Resolución de 14-8-2015, publicada en el BOPA núm. 191, de 18-VIII-2015, el Director General de Trabajo.—Cód. 2017-02226.

COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS Y DESPACHOS DE ASTURIAS

En Oviedo, siendo las 12:00 horas del día 20 de febrero de 2017, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio de Oficinas y Despachos de Asturias, para tratar entre otros asuntos, el siguiente punto en el Orden del Día:

  1. Actualización tablas salariales año 2017 en aplicación del artículo 5.º del Convenio de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias.

Asisten a la reunión las siguientes personas:

• Álvaro García Pérez.

• Justo M. Ruiz Rodríguez.

Manifiestan

Primero.—Que el texto del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos publicado en BOPA de 12/08/1997 recoge en su artículo 5.º: “Este convenio se entenderá prorrogado de año en año, actualizándose con los incrementos que experimente el IPC (...)”.

Segundo.—Que la Sentencia n.º 33/13 de la Sala de lo Social del TSJ de Asturias sobre la redacción del artículo 5.º del Convenio de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias de 2011, dictamina que: “el texto añadido...

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