Convenio colectivo - Sociedad Española de Contratas, Sociedad Anónima, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 153 de 29/06/2004

Resolución de 25 de mayo de 2004, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa "Sociedad Española de Contratas, Sociedad Anónima" (código número 2803812).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa "Sociedad Española de Contratas, Sociedad Anónima", suscrito por la comisión negociadora del mismo el día 15 de abril de 2004, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el artículo 12 del Decreto 61/2003, de 21 de noviembre, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 11 del Decreto 227/2003, de 24 de noviembre, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

  1. Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de mayo de 2004.-El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA "SOCIEDAD ESPAÑOLA DE CONTRATAS, SOCIEDAD ANÓNIMA"

Por los trabajadores: Doña Francisca García Cuenca.

Asesora: Doña Carmen Doblado Eugercios.

Por la empresa:Doña Elena Doblado Eugercios.

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito personal.-El presente convenio será de aplicación a la empresa "Sociedad Española de Contratas, Sociedad Anónima", de Madrid, y afecta a la totalidad de su personal, que con contrato laboral está encuadrado en dicha empresa, así como a todos los trabajadores con contrato laboral que ingresen en la empresa durante la vigencia del presente convenio.

Art. 2. Vigencia.-El convenio entrará en vigor eldía de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pero sus efectos económicos se retrotraerán el día 1 de enero de 2004.

Art. 3. Duración y prórroga.-La duración del presente convenio será de cinco años, contados a partir del día 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2008. Las tablas salariales que se adjuntan al presente texto son el resultado de incrementar en un 3 por 100 las vigentes al 31 de diciembre de 2003. En caso de denunciarse el presente convenio por alguna de las partes, el plazo de preaviso será de un mes, quedando, en caso contrario, prorrogado tácitamente por un año más, y será por escrito y a la otra parte.

Para...

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