Revisión salarial - Panaderías, Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2015
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 84 de 04/05/2015

Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del Sector de Panaderías de Navarra (Código número 31005305011981), correspondiente al año 2015, que tuvo entrada en este Registro con fecha 9 de febrero de 2015, y que fue suscrito el día 23 de enero de 2015 por la representación legal y parte de la sindical del mismo (U.G.T. y CC.OO.), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

  1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

  2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  3. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 16 de marzo de 2015.–La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

ACTA

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍAS DE NAVARRA

En Pamplona, siendo las 13,00 horas del día veintitrés de enero de dos mil quince, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Panaderías de Navarra, integrada por las Entidades y Representantes que a continuación se señalan:

–Por la Asociación de Empresarios Fabricantes y Expendedores de Navarra: don Miguel Angel Irañeta, don Javier San Miguel, don Iñaki Miguéliz y don Joaquín Pascual.

–Por la Central Sindical U.G.T.: doña M.ª Victoria Pastor.

–Por la Central Sindical CC.OO.: don Jesús Ceras.

Exponen:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 18.º del vigente Convenio Colectivo del Sector de Panaderías de Navarra (código número 31005305011981), una vez conocida la variación del -1% experimentada durante el año 2014 en el Índice de Precios al Consumo (IPC), procede aprobar las nuevas tablas salariales correspondientes al período 1 de enero a 31 de diciembre de 2015 por lo que, abierto el acto, las partes signatarias,

ACUERDAN:

Primero.–Habida cuenta que el IPC...

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