Acta - Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 5 de Julio de 2004
Fin de Vigencia 5 de Julio de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 206 de 26/08/2004

RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2004, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del XII Convenio Colectivo de la ONCE y su personal.

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del XII Convenio Colectivo de la ONCE y su personal, (publicado en el BOE de 4-4-2003) (Código de Convenio n 9003912), que fue suscrito con fecha 5 de julio de 2004, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por los sindicatos UGT y CC.OO.

en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.--Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.--Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 6 de agosto de 2004.--El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL DUODÉCIMO

CONVENIO COLECTIVO DE LA O.N.C.E. Y SU PERSONAL

En Madrid, a 5 de julio de 2004, en los locales de la Dirección General de la O.N.C.E., c/ Prado, 24, en Madrid, se reúnen las representaciones de la Entidad y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XII Convenio Colectivo de la O.N.C.E. y su Personal, formalmente convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

El Consejo General de la O.N.C.E., en Sesión del 6 de mayo de 2004, adoptó el Acuerdo 5E/2004-2.2, que regula la implantación de un nuevo juego activo denominado 'El Combo', y aprueba su reglamento. Se hace preciso pactar la regulación de las condiciones retributivas que rodearán a este producto, según lo dispuesto en el art. 46.2 del XII Convenio Colectivo.

Asimismo, el Consejo General de la O.N.C.E., en Sesión del 26 de mayo de 2004, adoptó el Acuerdo CP.9/2004-3, que regula la realización de un Sorteo Extraordinario con fecha 16 de octubre de 2004. Es igualmente necesario negociar la retribución de este Sorteo, según el art. 53.1 del Convenio.

Los debates quedan reflejados en la correspondiente Acta.

La O.N.C.E. y...

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