Corrección de errores - Limpieza Pública Viaria, Guipúzcoa

Inicio de Vigencia 6 de Agosto de 2004
Fin de Vigencia 6 de Agosto de 2004
Publicado enBoletín Oficial de Guipuzkoa nº 150 de 06/08/2004

Convenios Colectivos N.º Orden 380/03-F. 1395.

RESOLUCION de 28 de julio de 2004, de la Delegada Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la actualización y modificación de determinados artículos del Convenio Colectivo de Limpieza Pública Viaria (código de convenio n.º 2002275).

ANTECEDENTES

Primero. El día 2 de julio de 2004 se ha presentado en esta delegación el acta de actualización y modificación de determinados artículos del convenio citado, suscrita por la comisión negociadora el pasado once de mayo de 2004 y terminada de cumplimentar la documentación el 23 de julio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia prevista en el art. 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 29-3-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 22.1.g del Decreto 44/2002, de 12 de febrero (Boletín Oficial del País Vasco de 20-2-2002) por el que se establece le estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en relación con el Decreto 39/1981, de 2 de marzo (Boletín Oficial del País Vasco de 2-4-1981) y con el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 6-6-1981) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo. El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Gipuzkoa del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

Tercero. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Director de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Donostia-San Sebastián, a 28 de julio de 2004.?La Delegada Territorial, Gemma Jauregi Beldarrain.

(4999) (7320)

ACTA REVISION TABLA SALARIAL

Y RECTIFICACION DE ERRORES

En Donostia-San Sebastián siendo las 10,00 horas del día 11 de mayo de 2004, se reúnen las personas al margen indicado, reconociéndose recíprocamente como válidos interlocutores y legitimados para negociar y convenir, adoptando a continuación los siguientes acuerdos:

  1. Nombramiento de la Comisón Paritaria:

    Representación Empresarial:

    Francisco Jardón; Carlos Cobián; Javier Antón; Isidro Alvarez; Slobodan Samardzic.

    Representación trabajadores:

    ?ELA: Imanol Zabalegui y José Luis Ugarte.

    ?UGT: José Luis Alocen y Peliken Pérez.

    ?LAB: Mikel Olaizola.

    ?CC.OO.: Mikel Telletxea.

  2. Actualizar los conceptos retributivos del artículo 21 del Convenio Colectivo:

    ?Art. 20 339,63 ?.

    ?Art. 24 3,25 ? y 4,90 ?.

    ?Art. 28 64,41 ? y 16,72 ?.

    ?Art. 29 34.642,8 ?, 20.209,25 y 67,92 ?.

    ?Art. 30 101,88 ?.

    ?Art. 39 67,93 ?.

  3. Corrección de Errores:

    Artículo 23 d) Paga de marzo debe decir « Se devengará del 1 de enero al 31 de diciembre».

    Artículo 25 E) Debe decir «Este apartado será de aplicación a partir del 1 de enero de 2004».

    Artículo 29 Eliminar la siguiente frase: «Falta conocer las cantidades de todas las empresas».

    Artículo 40 b) Ropa de invierno segunda línea debe quedar «1 camisa» , y eliminar «o Camiseta (a elegir)».

  4. Proceder a la firma del desglose de las...

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