Revisión salarial - Transporte de Viajeros por Carretera, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia27 de Marzo de 2001
Fin de Vigencia27 de Marzo de 2001
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 073 de 27/03/2001

RESOLUCION de 5 de marzo de 2001, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de "Transporte de Viajeros por Carretera" de la Comunidad de Madrid, suscrito por la comisión paritaria (código de convenio núm. 2807655).

(BOCM de 27 de marzo de 2001)

Examinado el acuerdo de revisión salarial del convenio colectivo del sector de "Transporte de Viajeros por Carretera", suscrito por la comisión paritaria del mismo, el día 10 de enero de 2001, completada la documentación exigida en el artículo 6.º del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y el artículo 2.º del mencionado Real Decreto, esta Dirección General

RESUELVE

Primero.

Inscribir dicha Revisión Salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

Segundo.

Disponer la publicación del presente anexo, obligatoria y gratuita, en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".

Acta de la comisiOn paritaria de "Transporte de Viajeros

por Carretera" de la Comunidad de Madrid

En Madrid, siendo las 16,30 horas del día 10 de enero de 2001, se reúnen en la sede de uso sita en la Plaza de Santa Bárbara, número 5, 5.ª planta, las personas que se relacionan a continuación en nombre y representación de sus respectivas organizaciones, previa convocatoria realizada al efecto, con el objeto de tratar el único punto del orden del día relativo al incremento salarial correspondiente al año 2001, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del convenio colectivo provincial.

Asistentes:

Por parte sindical:

Por SLT-USO:

- Don Miguel Angel Patiño Barroso.

- Don Fausto Ruiz Gómez.

- Don José Pintos Patiño.

- Don Julio Muñoz-Reja Sánchez. Asesor.

- Don José Luis Legrand Alvarez. Asesor.

Por Unión General de Trabajadores:

- Don Lorenzo Ponce Gallardo.

- Don Abel Gómez Salmerón. Asesor.

- Don Isaac Cristóbal Antoranz. Asesor.

Por Comisiones Obreras:

- Don Felipe Mora-Gil Cabanilla.

- Don Rafael Hueso Rodríguez.

- Don Víctor López de Aberasturi Córdoba. Asesor.

- Don Eladio San Román Sevillano. Asesor.

Por parte empresarial:

Por FENEBUS:

- Doña Nuria Muñoz Hernández.

Por la Federación Empresarial de Transporte de Viajeros (F. ASINTRA):

- Don Jorge de Juan Guyatt (ASTRAM).

- Doña Mara Isabel García Rivas (ANETRA).

- Don Arturo Esteban Morales (ASINTRA).

- Don Adrián Borrego Valverde (ASINTRA).

Como cuestión previa por parte de la representación empresarial se solicita aclaración sobre las comunicaciones recibidas por parte de USO estatal y la incidencia que sobre la identidad de las personas que representan al SLT-USO en el ámbito del convenio colectivo provincial. Por...

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