Convenio colectivo - Cuerpo de la policía local del Ayuntamiento de Águilas, Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 298 de 27/12/2004

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 36 de la Ley 9/ 1987, de 12 de Junio, y art.4 de la Ley Orgánica 11/ 1985, de 2 de Agosto, se hace público en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el pacto o acuerdo marco regulador sobre condiciones de trabajo especificas firmado por el Ayuntamiento de Águilas y Policía Local para los años 2005-2007 Murcia, 30 de noviembre 2004.? El Subdirector General de Trabajo, Pedro Juan González Serna.

ACUERDO DE CONDICIONES DE TRABAJO ESPECÍFICAS PARALA POLICÍA LOCAL 2005-2007 QUE COMPLEMENTA AL ACUERDO 2003, PUBLICADO EN EL BORM N.º 111 DE FECHA 16 DE MAYO DE 2003. El Gobierno Municipal, previo acuerdo negociado con los sindicatos en Mesa Negociadora de fecha 29 de julio de 2004, ha adoptado ciertas actuaciones prioritarias para resolver los diversos problemas que rodeaban aspectos laborales y retributivos de la Policía Local.

Y desde esa perspectiva y manteniendo el Acuerdo sobre condiciones específicas de trabajo:

Ayuntamiento de Águilas y Cuerpo de la Policía Local 2003, publicado en el BORM n.º 111 de fecha 16 de mayo de 2003, se complementa diferenciando dos aspectos:

  1. -Tratamiento de las mejoras sociales.

  2. -Organización de los aspectos económicos.

    MEJORAS SOCIALES: PRIMERO.-Cursos.

    Se concederán en compensación de tiempo de descanso el 100 % del tiempo empleado en los cursos de formación, siempre que estos cuenten con el visto bueno del Alcalde y/ o Concejalía de Personal.

    SEGUNDO.-Vestuario.

    2.1.-Se acuerda eliminar la periodicidad en la compra de vestuario, invirtiendo el ahorro económico que conlleva dicha medida en aumentar la calidad de la equipación que se adquiera.

    2.2.-La renovación se ajustará conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Vestuario que figura en el Convenio de Acuerdo de Condiciones de Trabajo de los Funcionarios.

    2.3.-Se creará un stock (almacenaje) suficiente de aquellas prendas y equipación que con más frecuencia por su uso, desgaste, deterioro o roturas, sea preciso renovar,con el fin de que el Agente de la Policía Local tenga el cambio de prenda de forma automática.

    2.4.-La Jefatura y las Secciones Sindicales confeccionarán un listado de prendas y equipación más adecuado con las funciones y tareas que desempeña la Policía Local.

    2.5.-Se garantizará que la empresa suministradora conjugue calidad y rapidez en la entrega de prendas.

    TERCERO.-Turnos.

    Se respetarán los turnos establecidos, dado que al disminuir los efectivos del turno afectado se...

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