Revisión salarial - Construcción y Obras Públicas, Burgos
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2003 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2003 |
Publicado en | Boletín Oficial de Burgos de 15/03/2004 |
RESOLUCION de 10 de febrero de 2004, de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la publicación de las tablas salariales para el año 2003, en aplicación de la cláusula de garantía salarial prevista en el art. 30, del convenio colectivo del sector Construcción y Obras Públicas de la provincia de Burgos (código de convenio núm. 0900185).
Visto el acuerdo de fecha 3 de febrero de 2004, recibido en esta oficina el día 5 de febrero de 2004, suscrito por la Federación de Empresarios de Construcción y las Centrales Sindicales: UGT, CC.OO. y USO, por el que se establece la publicación de las tablas salariales para el año 2003, en aplicación de la cláusula de garantía salarial prevista en el art. 30, del convenio colectivo citado, que fue inscrito reglamentariamente en el Registro de esta Entidad el día 9 de julio de 2003, publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia n.º 151, de fecha 12 de agosto de 2003, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el RD 1040/1981, de 22 de mayo (BOE 6-6-81), sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, teniendo en cuenta lo previsto en el RD 831/1995, de 30 de mayo (BOC y L 6-7-95) el Decreto 120/1995, de 11 de julio, de atribución de funciones y servicios en materia de trabajo y la Orden, de 12 de septiembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOC y L, n.º 183, de 24-9-97).
Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:
Primero.
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a las partes interesadas.
Segundo.
Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.
CONVENIO DE CONSTRUCCION AÑO 2003 (REVISADAS)
TABLA SALARIAL I. PERSONAL CON RETRIBUCION MENSUAL
Aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2003
Nivel Categorías Salario Plus convenio Plus ext. Vacaciones Anual
mes mes mes y ext.
I Personal Directivo Sin remuneración fija
II Personal Titulado Superior 880,43 268,92 94,91 1,564,65 18.380,81
III Personal Titulado Medio,
Jefe Administrativo de 1.ª 748,47 268,92 94,91 1.390,82 16.407,76
IV Jefe de Personal, Ayudante de
Obras, Delineante Superior,
Encargado General de Fábrica,
Encargado General 728,03 268,92 94,91 1.364,50 16,103,96
V Jefe Administrativo de 2.ª,
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