Revisión salarial - Comercio del Metal de la Comunidad Autónoma de La Rioja, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 24 de 17/02/2005

Visto el texto de la Revisión Salarial para el año 2005 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Comercio del Metal de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2002, 2003, 2004 y 2005 (Código núm. 2600075), pr evista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 1 de febrero de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el quese aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales, acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dependencia, con notificación a la citada Comisión.

Segundo.- Ordenar el depósito del texto original del acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales y Economía Social de esta Dirección General.

Tercero.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 9 de febrero de 2005.- La Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura

Convenio Colectivo de Comercio Metal. Incremento Salarial año 2005

En la ciudad de Logroño siendo las once horas del día uno de febrero de dos mil cinco, se reúnen en los locales de la Federación de Empresarios de La Rioja los señores, D. José María Pancorbo Acedo, D. Ricardo Sarabia García y D. Eduardo Ceniceros Velasco, en representación de la Asociación de Empresarios de Comercio Metal y D. Fernando Sáenz Sodupe en representación de Unión General de Trabajadores, Dña. Julia Egüén Alonso en representación de Unión Sindical Obrera y D. Nicolás Rubio Barragán en representación de Comisiones Obreras.

Como Secretario interviene D. David Ruiz Bacaicoa.

El motivo de la reunión es establecer la revisión económica pactada en el artículo 6º del Convenio para el año 2005, tercer año de vigencia.

De conformidad con lo anterior y en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.- Incremento salarial parael año 2005.

De acuerdo con lo estipulado al efecto para el tercer año de su vigencia en el artículo 6º del Convenio Colectivo para los años 2002, 2003, 2004 y 2005 y una vez constatado que el Indice de Precios al Consumo (IPC) previsto por...

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