Acuerdo - Derivados del Cemento, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia24 de Enero de 2005
Fin de Vigencia24 de Enero de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 036 de 11/02/2005

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo para la valoración energética en la Industria Española del Cemento.

Visto el texto del Acuerdo para la Valoración Energética en la Industria Española del Cemento que ha suscrito con fecha 11 de noviembre de 2004 de una parte por la Agrupación de Fabricantes de Cementos de España (OFICEMEN) y de otra por las Centrales Sindicales CC.OO. y UGT y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo.

Segundo.Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 24 de enero de 2005.El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

ACUERDO PARA LA VALORIZACIÓN ENERGÉTICA EN LA INDUSTRIA ESPAÑOLA DEL CEMENTO

EXPONEN

  1. Las partes firmantes consideran prioritario hacer compatible el progreso económico y social con el respeto al medio ambiente y a los recursos naturales y con la garantía de la salud de los trabajadores para una mejora de la calidad de vida, tanto para las generaciones presentes como para las futuras.

  2. Las empresas cementeras son conscientes de su responsabilidad en lagestión racional de los recursos, en las necesidades de protección del Medio Ambiente y en la mejora de la calidad de vida de las personas, por lo que están dispuestas a dedicar recursos económicos, técnicos y humanos a la prevención y control de las emisiones de sus instalaciones industriales.

  3. La industria cementera de España aporta un gran potencial en cuanto a las posibilidadesde implantación en sus centros de nuevas vías energéticas y procesos alternativos, para la consecución de sus productos, capaces de contribuir a la mejora del Medio Ambiente, en cuanto a gestión de residuos y ahorro energético se refiere. Siempre con absoluto respeto de la legislación ambiental aplicable y con garantías de que no se perjudica en modo alguno elcomportamiento ambiental de las fábricas, la salud y la calidad de vida de las personas ni la calidad de los productos derivados del cemento.

  4. Las partes firmantes consideran que los acuerdos sectoriales son un instrumento adecuado para abordar materias de interés común para las empresas del sector y las centrales sindicales y muestran su voluntad de continuar promoviendo este tipo de acuerdos.

  5. Por su parte la representación Sindical, como agente social y directamente implicado en todos los aspectos Medioambientales y de Salud Pública que puedan generar estas instalaciones, se considera igualmente implicada en la búsqueda de esas posibles soluciones que creen una adecuada gestión medioambiental.

  6. España es parte signataria del Convenio de Ginebra sobre contaminación atmosférica transfronteriza, adoptado el 13 de noviembre de 1979, para cuya aplicación se aprobóun Protocolo por el que se establecen unos techos de emisión para los óxidos de nitrógeno y de azufre, el amoniaco ylos compuestos orgánicos volátiles, que fue ratificado por España en septiembre de 1999.

  7. La Directiva 2000/76/CE del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos, contempla en su ámbito de aplicación la valorización energética de residuos en hornos de cemento, que se utilizan como combustibles no convencionales en sustitución de los combustibles fósiles convencionalesen la cocción de materias primas, así como los valores límites de emisión.

  8. España es parte signataria del Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, adoptado el 22-23 de mayo de 2001, para la aplicación de medidas encaminadas a eliminar la producción y uso de estas sustancias. Como quiera que, al menos, dos de estos contaminantes las dioxinas y furanos se generan y emiten de forma no intencionada, el convenio insta a prevenir su generación en origen, y al uso y aplicación de las mejores tecnologías disponibles en todas aquellas actividades industriales que las puedan generar para reducir y si fuera posible evitar su emisión.

  9. Uno de los aspectos básicos para encarar la adaptación de las fábricas de cemento ala Ley 16/2002 relativa a la Prevención y al Control Integrados de la Contaminación es el adecuado conocimiento del comportamiento ambiental de las instalaciones de fabricación, tanto en lo que se refiere a las emisiones globales de los contaminantes principales como a la evolución de dichas emisiones a lo largo del tiempo.

  10. El Real decreto 653/2003, de30 de mayo de 2003 sobre incineración de residuos, adapta la legislación española a la Directiva 2000/76/CE del parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos, en lo que puede afectar a las políticas de valorización energética de este Sector Cementero.

  11. Los trabajos legislativos en la Unión Europea para el desarrollo de las herramientas de las que dispondrá cada Estadomiembro para el cumplimiento de sus compromisos dentro de la 'burbuja comunitaria' en el marco del Protocolo de Kyoto han avanzado significativamente en los últimos meses.

    Kyoto es un reto de ámbito nacional. El compromiso de emisiones adquirido porEspaña durante la década de los 90 ha resultado ser un objetivo per cápita de los más bajos de la Unión Europea. En 2001, las emisiones per cápita en España fueron inferiores a la media de la Unión Europea y al objetivo global de Kyoto.

    En España, el importante desarrollo económico de los últimos años ha impulsado el fuerte incremento de la demanda de los productos fabricados por la industria básica española. Este efecto es deseable para cualquier economía y es el vértice clave del desarrollo sostenible.

    Los sectores que componen la industria básica española, entre los que se encuentra el sector cementero, son los sectores incluidos en la Directiva 2003/87/CE por la quese establece un régimen para el Comercio de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero.

    Estos sectores están comprometidos y dimensionados para producir lo que les demandan sus mercados y lo hacen de forma eficiente porque son competitivos dentro y fuera de nuestras fronteras, ya que los mercados de los productos básicos suelen estar globalizados, como es el caso del cemento.

    Es Manifiesto el riesgo existente de deslocalización industrial en caso de que la industria del cemento españolasea penalizada debido a su gran crecimiento productivo desde el año 1990, fecha de referencia del Protocolo.

    El compromiso de cualquier sector industrial en toda la Unión Europea se debe basar en los procesos de producción eficientes, de tal manera que se pueda armonizar por unidad de producto. La vía de los compromisos sectoriales mediante Acuerdo Voluntarios con objetivos por unidad de producto es la única opción válida que garantiza la no distorsión de la competencia dentro del Mercado ÚnicoEuropeo.

  12. El sector cementero ha realizado esfuerzos desde la primera crisis del petróleo para reducir su consumo energético específico por tonelada de cemento y, por tanto, las emisiones de CO2. Así se ha conseguido una importante reducción de emisiones de CO2 por tonelada de cemento producido desde 1975 hasta estos momentos. La evolución demuestra que se está en la parte asintótica de la tendencia, en la que los márgenes de reducción ya son mínimos y donde se requieren fuertes inversionespara continuar reduciendo la cantidad de CO2 por tonelada de cemento.

    A pesar de ello y debido al importante crecimiento del consumo de cemento, el sector cementero español ha incrementado sus emisiones absolutas desde 1990 a 2003 debido a una mayorproducción de cemento (y por tanto de clínker) para abastecer las crecientes demandas del sector de la construcción.

  13. El sector cementero trabaja en la línea de continuar reduciendo sus emisiones específicas por tonelada de cemento. Para ello estotalmente indispensable que exista una estabilidad que permita al sector realizar las inversiones necesarias para alcanzar estos objetivos. Esta estabilidad se basa en la garantía de que el Plan Nacional de Asignación de derechos de la Directiva deComercio de Emisiones, asigne unos derechos iguales al producto de los objetivos específicos por la producción real de cada año de cada periodo. Estos derechos deben ser totalmente gratuitos.

  14. Las vías para lograr las reducciones...

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