Revisión salarial - Comercio en General, Cuenca

Inicio de Vigencia 1 de Junio de 2001
Fin de Vigencia31 de Mayo de 2003
Publicado enBoletín Oficial de Cuenca de 29/07/2002

RESOLUCION de 18 de julio de 2002, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la Revisión Salarial para el período del 1.6.2001 al 31.5.2003 del Convenio Colectivo de Comercio de la provincia de Cuenca.

Vistas la Revisión y Tablas Salariales del Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Cuenca para los períodos comprendidos desde el 1 de junio de 2001 al 31 de mayo de 2002 y desde el 1 de junio de 2002 hasta el 31 de mayo de 2003, firmadas de una parte por D. José A. Arias Perlines, en representación de la FAEC, y de otra y en representación de los trabajadores, por D. Ladislao Crespo Crespo y D. Manuel J. Vaquero Moreno (CC.OO.) y por D.ª Encarnación Paños Jiménez (UGT), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90 números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Estatuto de los Trabajadores, el Art. 2.º b) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Trabajo y el Decreto 91/1997, de 15 de julio, por el que se atribuyen las competencias derivadas del proceso de transferencias en materia de Cooperativas, Sociedades Laborales, Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Esta Delegación Provincial de Industria y Trabajo,

ACUERDA:

Primero.

Ordenar su inscripción en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Delegación Provincial, así como su archivo y depósito en la Unidad correspondiente, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE COMERCIO DE CUENCA

Por la FAEC: Jose A. Arias Perlines.

Por CC.OO.: Ladislao Crespo Crespo y Manuel J. Vaquero Moreno.

Por UGT: D.ª Encarnación Paños Jiménez.

En la ciudad de Cuenca, siendo las diez horas del día 2 de julio de 2002, se reúnen las personas reseñadas, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 del Convenio Colectivo Provincial del Comercio de la Provincia de Cuenca, procediéndose a la aplicación de la cláusula de revisión contemplada en el citado artículo, consistente en un 0'35% relativo al período 1 de junio de 2001 al 31 de mayo de 2002. Asimismo se establece la nueva tabla salarial del período 1 de junio 2002 al 31 de mayo de 2003, con un incremento del 3,25%.

Y en prueba de conformidad, firmamos los asistentes en el lugar y fecha del encabezamiento.

REVISION SALARIAL CONVENIO DE COMERCIO

TABLA SALARIAL 2001/2002

(Jornada anual de trabajo: 1.819)

Salario

mensual

Grupo I. Personal técnico titulado:

  1. Titulado de grado superior 680,79

  2. Titulado de grado medio 622,94

  3. Ayudante técnico sanitario 584,11

    Grupo II. Personal mercantil técnico no titulado y

    personal mercantil propiamente dicho:

    - Técnico no titulado:

  4. Director 701,21

  5. Jefe...

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