Acuerdo - Personal Laboral de la Administración General del Estado, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 9 de Febrero de 2005
Fin de Vigencia 9 de Febrero de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 048 de 25/02/2005

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los Acuerdos relativos al Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, que versan sobre la aplicación del incremento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004, a los complementos de puesto de trabajo, y sobre la modificación del Anexo IV c) del Acuerdo sobre racionalización de los complementos depuesto de trabajo.

Visto el texto de los Acuerdos relativos al Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado (Código de Convenio nº 9012022), que versan sobre la aplicación del incremento de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2004 a los complementos de puesto de trabajo, y sobre la modificación del Anexo IV c) del Acuerdo sobre racionalización de los complementos de puesto de trabajo, suscritos ambos con fecha 2 de diciembre de 2004.Estos Acuerdos han sido alcanzados por la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio (CIVEA) y por la Comisión Negociadora del Convenio único, respectivamente, de las que forman parte la Administración y las Centrales Sindicales CC.OO, UGT, CSI-CSIF, CIG y ELA-STV. No habiendo suscrito ELA-STV ninguno de los dos Acuerdos y CC.OO. no suscribe el Acuerdo alcanzado por la Comisión Negociadora del Convenio único.

A los citados Acuerdos se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2004, en la ejecución de dicho Convenio Colectivo.

Segundo.Disponer su...

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