Tablas salariales - Exide Technologies SAU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Abril de 2018
Fin de Vigencia31 de Marzo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 156 de 28/06/2018

Visto el texto de los acuerdos de revisión salarial y tablas salariales para el periodo 1/4/2018 a 31/3/2019 del Convenio colectivo de la empresa Exide Technologies, S.L.U. (Código de convenio nº: 90015282012005), publicado en el «BOE» de 24/2/2017, acuerdos que fueron suscritos, con fecha 24 de abril de 2018, por la Comisión Paritaria Interpretativa de dicho Convenio, en la que están integrados, de una parte, los designados por la Dirección de la empresa, en representación de las misma, y de otra el Comité Intercentros, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA INTERPRETATIVA DEL 6º CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA PARA LA EMPRESA EXIDE TECHNOLOGIES S.L.U. (01/04/16 – 31/03/20). Tablas de las condiciones económicas para el FY’19 (01/04/2018 – 31/03/2019)

Asistentes:

Por la parte económica:

Sras./es.:

Bazán.

Calvo.

Casado.

Elso.

Gallego.

Lázaro.

Lez.

López.

López-Palomino.

Marco.

Pocorull.

Por la parte social:

Sres.:

Andía (CC.OO).

De los Santos (CC.OO).

Del Cura (CC.OO).

Gil (CC.OO).

Gimeno (UGT) .

Gómez (CSI-F).

Mirallas (CC.OO).

Ortega (U.G.T.).

Pinto (CC.OO).

Roncero (UGT).

Sebastián (CC.OO).

Selles (CC.OO).

Valero (CSI-F).

Delegados Sindicales:

Sres.:

Del Barrero (U.G.T.).

Ibáñez (CC.OO).

En Zaragoza, siendo las 12:00 h. del día 24 de abril del dos mil dieciocho, reunidos, los Sres. anteriormente reseñados, en representación de la dirección de la empresa por una parte, y de los representantes de los trabajadores de la empresa Exide Technologies S.L.U, con domicilio social en Azuqueca de Henares (Guadalajara - Carretera Nacional II - Madrid-Barcelona, Km. 41,800 - C.P. 19200); por otra, y constituidos en la Comisión Paritaria Interpretativa de la disposición adicional segunda del 6º Convenio Colectivo de empresa, aprobado y firmado mediante acta final y firma de la comisión negociadora del 6º Convenio Colectivo de Empresa de Exide Technologies S.L.U., de fecha 22/11/2016, y presentado con fecha 25/11/2016 en la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social –Registro Convenio– y aprobado con fecha 10/02/2017 para su inscripción y publicación en el «BOE»,

Aprueban los siguientes Acuerdos:

Primero.

Revisión de las condiciones económicas para el FY’19 (01/04/2018 – 31/03/2019). Las condiciones económicas para el periodo comprendido del 01/04/2018 al 31/03/2019 (FY’19) serán las resultantes de aplicar a las tablas correspondientes del FY’18 (01/04/2017 – 31/03/2018), el porcentaje del dos con cuatro por ciento (2,4%), una vez constatado que el Índice de Precios al Consumo real, nacional, del periodo comprendido de marzo-2017 a marzo-2018, publicado por el Instituto Nacional de Estadística ha sido de (1,2 puntos), de acuerdo con la Disposición Adicional Tercera del 6º Convenio Colectivo de Empresa de Exide Technologies. Se adjunta certificado del I.N.E.

Las Tablas Salariales n.º I, II, III y IV, que recogen la totalidad de los conceptos salariales para el periodo comprendido del el 01/04/2018 – 31/03/2019 (FY’19), serán las indicadas en el anexo de este acta.

Segundo.

Asimismo, y de conformidad con el acta de la Comisión Negociadora del 6º Convenio de fecha 22/11/2016, y del artículo 8º del Convenio Colectivo vigente, se procede a actualizar para el periodo del 01/04/2018 – 31/03/2019 (FY’19) un dos con cuatro por ciento (2,4%), los Pluses Ad Personam, recogidos en un listado para la totalidad de los trabajadores de la plantilla Exide Technologies, S.L.U. y sin que se adjunte a la presente acta por contener datos de carácter personal, pudiendo los interesados comparecer para la consulta del listado anterior en los archivos del Departamento de RR.HH. de Exide Technologies S.L.U. ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium – calle Acebo n.º 5. La Cartuja Baja.

Tercero.

De igual manera, se actualizan los conceptos de salario bruto año FY’19 y se recoge el valor quinquenio FY’19 para las categorías laborales y trabajadores recogidos en el acta n.º 1 de la Comisión Paritaria del 6º Convenio Colectivo de Exide Technologies S.L.U, de fecha 22/11/2016, a los efectos de determinar el complemento por asimilación de categorías laborales en el programa de nóminas, pudiendo los interesados comparecer para la consulta en los archivos del Departamento de Nóminas de Exide Technologies S.L.U. ubicado en Zaragoza – Polígono Empresarium – calle Acebo n.º 5. La Cartuja Baja.

Cuarto.

Para el periodo 01/04/2018 – 31/03/2019 (FY’19) y actualizado en el dos con cuatro por ciento...

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