Revisión salarial - Carpintería, Ebanistería y Varios, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 47 de 26/02/2005

Visto el Acta de la ComisiÛn Mixta de InterpretaciÛn del Convenio colectivo (cÛdigo 3300745, C-18/04), del sector de CarpinterÌa, EbanisterÌa y Varios, recibida en el Registro General de la AdministraciÛn del Principado el 27 de enero de 2005, en l a que se acuerda la aprobaciÛn de las tablas salariales definitivas del aÒo 2004 y las nuevas tablas salariales para 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 90, n˙meros 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depÛsito de convenios colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por ResoluciÛn de 4 de agosto de 2003, por la que se delegan competencias del titular de la ConsejerÌa de Industria y Empleo en el titular de la DirecciÛn General de Trabajo, por la presente, RESUELVO Primero.ø Ordenar su inscripciÛn en el Registro de Convenios Colectivos de la DirecciÛn General de Trabajo, asÌ como su depÛsito y notificaciÛn a la ComisiÛn Negociadora.

Segundo.ø Disponer su publicaciÛn en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 31 de enero de 2005.øEl Director General de Trabajo (P.D.autorizada en ResoluciÛn de 4 de agosto de 2003, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 12 de agosto de 2003).

Anexo ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CARPINTERIA Y EBANISTERIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS En Oviedo, a 25 de enero de 2005, se re˙ne la ComisiÛn Paritaria del Convenio Colectivo de CarpinterÌa y EbanisterÌa del Principado de Asturias, con la asistencia de los siguientes representantes: Por la parte econÛmica: - Don Pedro Gil Su·rez.

- Don Vital Celso Valle Prieto.

Por la parte social: - Don JosÈ Angel Monroy Villa (MCA-UGT).

- Don Ernesto Fern·ndez Fuertes (FECOMA-CCOO).

Con el siguiente: Orden del dÌa - RevisiÛn salarial del aÒo 2004.

- C·lculo tablas salariales para el aÒo 2005.

Tras realizar los oportunos c·lculos se llega al acuerdo siguiente: 1.ø RevisiÛn salarial del aÒo 2004.

En virtud del artÌculo 14 del Convenio en vigor, se aplica la cl·usula de revisiÛn salarial siguiente: øEn caso de que el I.P.C. real registrasea 31 de diciembre de 2004 un incremento superior al 2%...

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